Levante-EMV

Levante-EMV

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Exculpan al alcalde de l’Alcúdia de Crespins del acoso laboral al exjefe de Policía

La justicia da carpetazo a las acusaciones del agente y descarta el supuesto "mobbing" por parte del regidor de Seguridad, Pepe Garrigós

El alcalde y concejal de Seguridad de l'Alcúdia de Crespins, Pepe Garrigós.

La justicia ha dado carpetazo de manera definitiva a la demanda que en 2020 interpuso el antiguo jefe de la Policía Local de l'Alcúdia de Crespins, J.V.P.M., contra el regidor de Seguridad (y ahora también alcalde) de la localidad, Pepe Garrigós, por una supuesta situación de acoso laboral.

El demandante aseguró haber sido víctima de "mobbing" desde que en 2015 Garrigós asumió el cargo. A su relevo de la jefatura de la Policía Local (a la que había sido ascendido por libre designación) se sumó, según su relato, una serie de "faltas de respeto, insultos, desprecios, humillaciones en público y asignación de cometidos impropios de su cargo" que se tradujeron en "un daño materializado en sucesivas bajas laborales y perjuicios morales", por los que reclamó ser indemnizado en la cuantía de 400.000 euros después de no recibir respuesta a sus peticiones para que se activara el protocolo de actuación municipal ante el acoso.

En abril de 2021, el juzgado de lo contencioso-administrativo nº10 de València desestimó el recurso interpuesto por J.V.P.M y concluyó que no concurrían en el caso los elementos necesarios para apreciar una situación de acoso laboral. Si bien la sentencia -elevada ahora a firme- consideró que el ayuntamiento debería haber reaccionado a las acusaciones señaladas por el policía local con la apertura de un expediente para esclarecer el escenario de "tensión y enfrentamiento" narrado, el juez Alberto Manuel Ibáñez apuntó a la posibilidad de que la explicación resida en la sobrecarga del servicio de la Policía Local y a la falta de efectivos para desplegar el trabajo asignado.

El demandante denunció haber sufrido una amenaza directa del ahora alcalde en 2015 al indicarle éste que no integraría más ningún tribunal de oposiciones y que sería destituido como jefe de la Policía Local. Según la sentencia, sin embargo, "no es en sí amenaza alguna sino la natural consecuencia de la falta de titulación del demandante que le habilite a participar en los citados órganos de selección". Por otra parte, el agente ocupaba el cargo "de manera provisional" a la espera de que fuera convocado el oportuno proceso selectivo. En cualquier caso, el regidor de Seguridad negó haberse expresado en los términos indicados en la sentencia.

La denuncia también tachó de "acoso" el hecho de que se le asignaran al policía local "funciones por debajo de su rango o categoría" como abrir y cerrar el cementerio, recoger analíticas o hacer de conserje de las instalaciones municipales. Los documentos aportados en el marco del procedimiento, sin embargo, evidenciaron que el concejal no le dio una orden directa de prestar por sí mismo dichos servicios ajenos al estatuto policial, sino que le requirió como jefe del cuerpo para que dispusiera lo necesario para que se presten ante la vacante o baja de los funcionarios encargados. La reducida plantilla policial en l'Alcúdia de Crespins, con solo seis agentes, ocasionaba por otra parte otros problemas, como la necesidad de realizar turnos.

Según el juez que examinó los hechos, lo que subyace tras la denuncia es "una grave dificultad en la prestación del servicio policial por una plantilla escasa, a la que además se sobrecarga con tareas ajenas a sus cometidos ordinarios". La sentencia considera que existe "sin duda" una "cierta presión por parte de los responsables políticos municipales y una tensión derivada de la misma con el demandante", pero no observa "actos de acoso concluyentes" por parte del alcalde, que incluso propuso al agente que le acusa para una condecoración policial. Respecto a las supuestas vejaciones, insultos y faltas de respeto, la resolución judicial subrayó que "la genérica mención de estos conceptos en la demanda no pasa de ser una abstracción que no comprende un hecho concreto imputable alguno".

Compromís ha celebrado la sentencia definitiva que da la razón a Pepe Garrigós frente a lo que la coalición considera "un acoso judicial". La coalición hace hincapié en que el alcalde y regidor de Seguridad "se limitó a cumplir con su obligación de convocar el proceso de selección de un nuevo jefe de policía, dado que se estaba ocupando la plaza de forma provisional y sin la titulación requerida".

"Lamentamos que se haya judicializado lo que no pasa de ser un desacuerdo respecto a la gestión del ayuntamiento", apuntan desde Compromís. Para la formación, "la única persona que ha sufrido acoso y maltrato ha sido nuestro compañero Pepe Garrigós" por el "calvario judicial y mediático únicamente por hacer bien su trabajo". "Cada cual tiene derecho a defender sus intereses, pero creamos que se tiene que tener responsabilidad también en el ejercicio de los derechos y no abusar de determinadas opciones. Sobre todo cuando se intenta dañar la imagen de las instituciones municipales de nuestro pueblo", concluyen.

Compartir el artículo

stats