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El Consell mantiene el bloqueo de seis macroplantas solares en la Vall

El nuevo decreto sobre renovables dificulta la implantación de las instalaciones de Bufali y Albaida e impide agilizar el resto por su extensión - Ninguno de los proyectos se podrá declarar prioritario

Paisaje del Pi de Cairent en Aielo de Malferit, donde se proyecta una de las macroplantas de la Vall d’Albaida. | PERALES IBORRA

El decreto-ley promovido por el Consell para paliar las consecuencias de la guerra de Ucrania y acelerar la implantación de energías renovables en el territorio no tendrá a priori una influencia decisiva a la hora de agilizar la tramitación de las seis macroplantas fotovoltaicas proyectadas en la Vall d’Albaida que aguardan a ser autorizadas desde hace meses.

Para algunos proyectos ocurrirá más bien al contrario. La nueva cláusula que impide ocupar más de un 3% de la superficie no urbanizable de suelo de un municipio con este tipo de instalaciones puede añadir dificultades en el camino hacia la aprobación de tres grandes parques solares impulsados por la compañía IM2 en los términos de Albaida y Bufali, muy cercanos unos de otros. Los primeros suman 80 hectáreas cada uno y ocuparían casi el 5% del suelo no urbanizable de Albaida, mientras que el segundo tendría una extensión de 32 hectáreas, el 10% de la superficie no urbanizable de Bufali, según los planeamientos urbanísticos locales en vigor. En cualquier caso, el decreto ofrece flexibilidad y la posibilidad de multiplicar hasta por dos el porcentaje máximo de ocupación del 3 % cuando la planta se instale sobre suelos definidos como de baja capacitación agrológica e idóneos para albergar plantas solares, como ocurre en los citados casos. Los ayuntamientos tienen en su mano la posibilidad de aplicar determinados baremos para permitir excepciones siempre que se acredite que la proximidad de la central fotovoltaica en su punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución es inferior a 15 kilómetros.

El requisito que también incurmplirían los proyectos de Bufali y Albaida es el de estar separados por una distancia mínima de 1,5 kilómetros entre ellos, puesto que se encuentran muy pegados entre sí. Las seis macroplantas que se han ido presentado en sede autonómica en la Vall desde noviembre de 2021 permanecen en fase de tramitación. Todas ellas superan la potencia de generación de 10 megavatios que el Consell marca como tope para dar carácter prioritario una inversión en renovables y acelerar sus permisos recurriendo a la vía de urgencia, por lo que ninguna podrá beneficiarse de esta medida incluida en la nueva norma.

El decreto -pendiente aún de su aprobación definitiva- también prevé que los ayuntamientos puedan encargarse de los informes en materia de paisaje para agilizar los proyectos siempre y cuando las instalaciones ocupen menos de 10 hectáreas de suelo. Sin embargo, los parques más pequeños ideados en la Vall, los de Bufali y Castelló de Rugat, triplican esa cifra, puesto que necesitarían 32 hectáreas de superficie para desarrollarse. Tampoco cumplen el criterio las megaplantas de Albaida -cuyos vecinos han reclamado más información sobre proyecto- ni la de Aielo de Malferit -la que más contestación social ha despertado-, que ocuparía 65 hectáreas.

Diez meses para resolver

El reglamento autonómico fija en 10 meses el plazo máximo que debería transcurrir hasta que el órgano competente en energía resuelva las autorizaciones de las instalaciones fotovoltaicas, excepto cuando la tramitación requiera de informes sectoriales vinculantes, que en los casos señalados serían preceptivos.

El decreto, en cualquier caso, permite declarar de urgencia por razones de interés público los proyectos de centrales fotovoltaicas que hayan obtenido un informe favorable de afección ambiental, que tendrá que ser emitido por el órgano de evaluación de la Generalitat en el plazo de dos meses desde que se recibe la documentación tras examinar el impacto que podría generar la instalación. A estos proyectos les será aplicable la tramitación de urgencia, aunque primero deben cumplir una serie de condicionantes como no reducir más de un 10 % la anchura de los corredores territoriales o distar de más de 500 metros de recursos paisajísticos de primer orden.

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