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El TSJ rebaja un 83% el coste de una expropiación en Ontinyent

La sentencia evita al consistorio el pago de 90.000 € al reconocer que el terreno para el acceso al puente de Sant Vicent no estaba urbanizado

El Pont de Sant Vicent en Ontinyent, en una imagen de archivo. | PERALES IBORRA

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha evitado al Ayuntamiento de Ontinyent el pago de cerca de 90.000 euros por una expropiación de terrenos practicada en el marco de las obras del acceso al puente de Sant Vicent. La sentencia estima el recurso contencioso presentado por el consistorio y anula el acuerdo adoptado por el Jurado Provincial de Expropiación de València en 2019 que cuantificó en 105.892 euros el justiprecio de la parcela de 2.413,45 metros cuadrados.

La finca se encontraba incluida en dos ámbitos de gestión delimitados en el Plan General de Ordenación Urbana de Ontinyent conforme a una modificación puntual: 1.793 metros cuadrados estaban comprendidos en la unidad de ejecución de suelo urbano industrial Batans, y 620 metros cuadrados pertenecían a la unidad de ejecución de suelo urbanizable industrial El Pla 2.

A efectos de su valoración, el Jurado consideró el terreno bajo la tipología de suelo urbanizado sin edificación y, aplicando la ley, cifró en 50,83 euros por metro cuadrado el coste de la expropiación en una zona de actuación y en 15,63 €/m² en la otra, una vez descontados los gastos por deberes y cargas de urbanización pendientes en cada una de las dos zonas de actuación.

El Ayuntamiento de Ontinyent impugnó la citada resolución del órgano provincial invocando la realidad física del suelo expropiado, que se encontraba en una situación básica de suelo rural, puesto que no se había llegado a urbanizar. Para apoyar sus tesis, el consistorio aportó diversos informes municipales que confirmaban que las unidades de ejecución en las que se ubica la parcela en cuestión no habían sido objeto de programación urbanística, por lo que los terrenos se encontraban en su estado original, carecían de servicios urbanísticos y no estaban integrados en la malla urbana de la localidad. La corporación municipal censuró en su recurso que la valoración del Jurado se había practicado sin tener en cuenta la falta de servicios urbanísticos en la zona y con una mera valoración de despacho que aludía a una doctrina no aplicable tras la entrada en vigor de la Ley de Suelo de 2007. El Abogado del Estado, sin embargo, se opuso a las alegaciones y pretensiones del ayuntamiento demandante y defendió que el acuerdo impugnado era conforme a derecho.

Un acuerdo sin fundamentación

Después de examinar los razonamientos de ambas partes y de revisar la normativa existente al respecto, la sala de lo contencioso del TSJCV da la razón al consistorio de Ontinyent, declara que el terreno expropiado es suelo rural y concluye que la resolución del Jurado de Expropiación «no contiene la más mínima fundamentación acerca de la realidad física a la que alude» para justificar el justiprecio fijado.

La sentencia subraya que el contenido de los informes municipales ha quedado corroborado mediante el examen de la cartografía catastral de fecha anterior a la expropiación y un reportaje fotográfico sobre la parcela. Por todo ello, los magistrados asumen como buena la valoración del suelo propuesta por el ayuntamiento a través de un informe de la Universitat Politècnica de València que tenía en cuenta la renta potencial del cultivo de olivos de la finca y la localización de la misma para fijar el justiprecio a pagar en 17.778 euros. La propietaria afectada por la expropiación no se personó en el proceso judicial.

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