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Suma su quinta condena por romper la barrera de seguridad de un parking público de Xàtiva

El juzgado multa con 1.080 euros al hombre reincidente por forzar el acceso y con 720 euros a la mujer que conducía el coche

Xàtiva. Barrera de salida del parking Plaça de la Bassa

Xàtiva. Barrera de salida del parking Plaça de la Bassa / PERALES IBORRA

Sergio Gómez

Sergio Gómez

Xàtiva

El juzgado de lo penal nº6 de Valencia ha impuesto sendas multas que suman 1.800 euros a un hombre de 56 años y a una mujer de 46 por romper la barrera de seguridad del parking de la Bassa de Xàtiva en agosto de 2019.

La sanción es más elevada en el caso del acusado vecino de Xàtiva (1.080 euros por los 720 euros que se le imponen a ella), puesto que se le aplica el agravante de la reincidencia delictiva, al sumar su quinta sentencia condenatoria en un periodo de diez años.

Los hechos ocurrieron a las 2 de la mañana del 4 de agosto de 2019, cuando los dos enjuiciados se quedaron atrapados en el interior del parking, puesto que la barrera de seguridad no se levantaba pese a que habían introducido el correspondiente ticket. Dado que no había empleados en el recinto que les pudieran dar una solución y con la finalidad de marcharse del lugar, el hombre levantó la barrera forzándola con las manos para que la conductora pudiera sacar el coche del aparcamiento, marchándose ambos del lugar con el vehículo.

Los daños en la barrera del parking se tasaron pericialmente en 1.079 euros. Como informó este diario en diciembre de 2022, el Ayuntamiento de Xàtiva exigió el pago de la cantidad a la conductora del turismo y no se personó como parte afectada en el juicio al haber ingresado la indemnización demandada con carácter previo a la vista judicial. El juzgado aplica por ello a los dos condenados un atenuante de la pena por la reparación del daño causado, puesto que abonaron 1.305 euros a la corporación municipal de la capital de la Costera por la rotura del control del acceso al subterráneo.

La grabación de las cámaras de seguridad del aparcamiento de la plaza de la Bassa captaron al acusado forzando la barrera para facilitarle la salida a la mujer con el vehículo. Ambos reconocieron que después de estar 20 minutos intentando sacar el vehículo tomaron esta decisión puesto que tenían que recoger a la hija de la acusada en una discoteca. El condenado admitió en el juicio que tuvo que hacer fuerza para levantar la barrera y que la dobló un poco. Los daños generaron un funcionamiento defectuoso del control de acceso al parking que precisó de reparación.

Dolo eventual por causar la rotura

La defensa de los enjuiciados intentó demostrar que los hechos constituían un mero ilícito civil porque los daños fueron "causados por imprudencia". Sin embargo, la sentencia considera que los acusados sí incurrieron en un "dolo eventual" merecedor de un reproche penal, puesto que, aunque no querían causar el daño producido, "era totalmente previsible que el hecho de forzar la barrera articulada provocara daños en esta como así ocurrió". El juzgado subraya que "en lugar de llamar a la Policía Local al 112", los condenados "decidieron salir forzando la barrera e hicieron fuerza para levantarla".

La defensa también entendió que la conductora no podía ser considerada coautora de los destrozos causados, pero la magistrada Begoña Estañ concluye -tras examinar los hechos- que esta "participó en la ideación criminal y conocía las intenciones de quien finalmente levó a cabo el menoscabo patrimonial, coadyuvando a ello de forma esencial pues no se lo impidió y, lejos de apartarse del lugar de ejecución del hecho, se aprovechó e la acción para salir del aparcamiento conduciendo su vehículo".

El hombre ya fue condenado en 2012 por un delito de daños a 6 de meses de multa, una pena que todavía no se había extinguido a la fecha de los hechos enjuiciados en el parking de la Bassa. Posteriormente también se le condenó por un delito de realización arbitraria del propio derecho, por otro de falsificación documental y por otro de apropiación indebida.

Los condenados deberán pagar sus multas a razón de 6 euros diarios durante seis meses en el caso del hombre y de cuatro meses en el caso de la mujer. La sentencia, que se dictó a finales de diciembre y admitía recurso, pasó por la junta de gobierno del Ayuntamiento de Xàtiva la semana pasada.

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