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Ontinyent multa 4 veces a los dueños de una caseta con una orden de derribo desde 2008

El ayuntamiento sanciona con 600 euros al actual propietario, que asumió el inmueble por herencia en 2019, tras desestimar el argumento de la prescripción

LA VALL D'ALBAIDA // ONTINYENT, CASAS DE CAMPO EN EL DISEMINADO. 10/02/2020 AGUSTI PERALES IBORRA

El Ayuntamiento de Ontinyent ha impuesto una cuarta multa coercitiva a los propietarios de una construcción del diseminado sobre la que pesa una orden de derribo desde hace más de 15 años.

La última resolución del consistorio eleva la sanción a 600 euros por el incumplimiento de un requerimiento de restauración respecto a unas obras ejecutadas ilegalmente en la partida de la Solana, en suelo no urbanizable común.

En 2009, la corporación municipal ordenó la demolición de los trabajos ejecutados sin licencia consistentes en una construcción con bloques con un techo de fibrocemento y los cimientos para una nueva vivienda. Un mandato que fue confirmado en 2011 por el juzgado contencioso-administrativo número 4 de València. En vista de que no se atendía, sin embargo, en 2020 el ayuntamiento inició un expediente de ejecución forzosa.

En el marco del citado procedimiento, la administración local impuso una primera multa coerctivia al anterior propietario de la parcela y dos multas coercitivas más al actual propietario, después de conceder un plazo no atendido para el cumplimiento y la justificación de la demolición de las obras.

El actual dueño presentó en agosto de 2022 un escrito exponiendo que en 2019 heredó de su padre un terreno con una construcción de unos 35 metros cuadrados sobre la que pesaba una orden de demolición, indicando que la misma necesitaba una reparación de la cubierta porque en los días de lluvia se inunda. El titular solicitó una revisión del expediente para encontrar una solución al considerar "ilógico" que después de tantos años continuara existiendo la citada carga urbanística sobre el inmueble.

El consistorio desestima la prescripción

La respuesta del consistorio llegó unos meses más tarde: mientras la construcción no se legalice no puede autorizarse ninguna obra alguna en la misma. El mismo decreto exigía de nuevo el cumplimiento del derribo y recordaba al destinatario que, en caso contrario, continuarían llegándole nuevas multas.

El dueño de la construcción presentó alegaciones para manifestar que no entendía de qué forma podía reparar legalmente la cubierta. En su defensa replicó que no tenía ninguna notificación de la orden de derribo, que según su documentación la misma había quedado suspendida en 2011 y que el expediente de disciplina urbanística había prescrito.

El consistorio de Ontinyent, sin embargo, ha desestimado las alegaciones del infractor en base a un informe jurídico. La orden forzosa de derribo en 2020 se dirigió contra la persona que constaba como titular en el expediente, pero la misma no se encontraba en el domicilio en el momento de la notificación y la resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado. El informe también recuerda al actual propietario la posibilidad de legalizar la edificación acogiéndose a un procedimiento de minimización de impacto territorial, en virtud de la Ley de Ordenación del Territorio.

Aunque en 2010 se suspendió provisionalmente el decreto de demolición, en 2012 decayó el aplazamiento y volvió a estar en vigor la obligación de la titularidad de derribar las obras sin permiso en suelo no urbanizable. El proceso de ejecución forzosa se inició en 2020, por lo que no tiene cabida la prescripción invocada por el dueño, a quien se le advierte en el último requerimiento de que puede enfrentarse a un máximo de hasta 10 multas coercitivas con carácter semestral.

Por otra parte, el ayuntamiento ha iniciado otro procedimiento de derribo contra el promotor de unas obras sin licencia consistentes en la construcción de un porche y una nueva edificación en otra parcela no urbanizable ubicada en la partida del Teular d'Úbeda, en el diseminado de Ontinyent.

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