Moixent
El pleito entre la Iglesia y una bodega paraliza la recuperación de una histórica finca en les Alcusses
La parroquia de Moixent y el Arzobispado llevan al Tribunal Supremo el contrato de alquiler de Casa Rabosa que se firmó en 2018 para intentar recuperar las 68 hectáreas de terrenos después de que la Audiencia Provincial haya dado la razón a la empresa, al validar el acuerdo
El litigio deja en el limbo un proyecto enoturístico con un restaurante y cultivos ecológicos anunciado en la superficie

La Casa Rabosa, en el paraje de les Alcusses de Moixent. / Levante-EMV

En una loma situada en el epicentro del paraje de les Alcusses, cerca del poblado ibérico de La Bastida, se emplaza la Casa Rabosa, una finca agrícola de 68 hectáreas que alberga la ermita de la Purísima Concepción de Moixent, con más de cuatro siglos de historia. La propietaria de los terrenos es la Fundación Pía Memoria de don Vicente Terol, una entidad religiosa creada por el Arzobispado de Valencia que los heredó en cumplimiento de lo dispuesto en el testamento por su anterior dueño, que quiso que las rentas generadas por la finca se repartieran entre la residencia La Milagrosa, la parroquia de Moixent y el propio arzobispado.
En febrero de 2018, el anterior párroco de Moixent, en representación de la fundación, promovió el arrendamiento de la superficie a una bodega de la zona con el objetivo de revitalizar la explotación y sacarle rendimiento, puesto que llevaba muchos años deteriorándose y generando pérdidas económicas. El precio pactado era superior a lo que se paga habitualmente en el entorno, según las fuenes consultadas. La empresa desplegó inversiones y diseñó planes a largo plazo para poner en valor la finca, que incluían el cultivo de viña, pero también la recuperación de variedades de trigo de calidad o el desarrollo de un proyecto enoturístico con un restaurante en la Casa Rabosa para devolverle su antiguo esplendor, sin desterrar el uso religioso de la ermita.
Sin embargo, el nombramiento de un nuevo sacerdote titular en la parroquia San Pere Apóstol ese mismo año propició un giro de los acontecimientos. El acuerdo fue revisado y, con el respaldo de los servicios jurídicos del Arzobispado, la iglesia interpuso una demanda en 2020 para solicitar la anulación del contrato de alquiler con la bodega, con una duración inicial máxima de 50 años. Cinco años después, el litigio aguarda el pronunciamiento del Tribunal Supremo, mientras la finca permanece en un limbo jurídico.
La institución eclesiástica justificó el pleito esgrimiendo la falta de personalidad jurídica de la fundación para promover el acuerdo como arrendataria, junto con la ausencia de consentimiento de uno de los contratantes y la supuesta introducción de cláusulas perjudiciales en el acuerdo. Desde la mercantil, en cambio, defendieron que el alquiler era ventajoso para ambas partes y para el pueblo, incidiendo en la revitalización de la finca. También se abrieron a acortar el plazo del alquiler, alternativa que no fue aceptada.
En 2022, un juzgado de instrucción de Xàtiva estimó la pretensión de la parroquia de recuperar la finca para usos pastorales. Esa sentencia, sin embargo, ha sido revocada en febrero de este año por la Audiencia Provincial de Valencia tras el recurso de apelación de la bodega. En un pronunciamiento que acaba de hacerse público, el tribunal de segunda instancia considera válido el contrato firmado y avala la capacidad de la Fundación para arrendar el bien con la autorización del anterior párroco.
La jueza de instancia mantuvo que el citado sacerdote no tenía nociones legales y no valoró las consecuencias jurídicas del contrato de larga duración firmado para la explotación rústica de la finca, que difería del trato de aparcería que existía con anterioridad. Una apreciación que corrige la sala de magistrados de la Audiencia, para la que el contrato de arrendamiento "no presenta ningún tipo de dificultad en su comprensión" y deja claras todas las condiciones del mismo. La sentencia también subraya que, antes de la firma del acuerdo, el párroco remitió el contrato al Arzobispado, que lo devolvió con unas determinadas correcciones.
Los objetivos de la fundación
El cura declaró que consideraba viable el pacto porque permitiría dar a la finca un rendimiento económico para cumplir las finalidades perseguidas por la fundación propietaria. La Audiencia recalca que el Arzobispado "no se opuso radicalmente" al contrato celebrado, aunque introdujo una serie de recomendaciones a la solicitud del párroco que no fueron tenidas en cuenta y no se trasladaron al contrato de arrendamiento. "El arzobispado aceptó el contrato sin objeción alguna posterior, hasta el momento que mostró su disconformidad", sostiene el tribunal.
Este diario ha consultado al actual párroco de Moixent, Lisardo Castelló, por las razones para pedir la anulación del contrato de alquiler, pero este asegura desconocer los pormenores del litigio y remite a los servicios jurídicos arzobispado.
De momento, los proyectos enoturísticos y de cultivos concebidos para la finca permanecen paralizados y lo estarán durante un buen tiempo más en caso de que el Tribunal Supremo admita el último recurso de casación presentado por la parroquia. En una carta que circuló por la población, desde la empresa consideraron compatibles estas actividades con el uso pastoral de la Casa Rabosa.
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