La justicia libra a Agullent del castigo de la CHJ tras derrumbarse el talud de un barranco restaurado
El TSJ considera que "el ayuntamiento de un pequeño municipio no debe pechar con las consecuencias de una falta de diligencia del organismo de cuenca"
La Confederación sancionó al consistorio por los daños derivados de la supuesta "ejecución deficiente" de las obras de recuperación del Barranc de la Canadella, pese a que los trabajos habían sido supervisados por la propia entidad estatal

Visita institucional a las obras de recuperación del entorno del lecho del Barranco de la Canadella, en 2017. / Diputación de Valencia

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el castigo que en 2023 impuso la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) al Ayuntamiento de Agullent por los daños ocasionados al dominio público tras el desmoronamiento de una parte del talud del margen derecho del Barranc de la Canadella, que fue recuperado en 2017 por la administración local.
Como supuesta causa de los desperfectos denunciados, el organismo de cuenca imputó al consistorio una presunta "ejecución deficiente de las obras de refuerzo" de dicho talud, junto con su "falta de conservación". El expediente abierto desembocó en una sanción de 5.000 euros, acompañada de la obligación de reponer el entorno afectado a su estado anterior.
El litigio entre ambas administraciones por el Barranco de la Canadella se remonta al año 2005, cuando el ayuntamiento -entonces gobernado por el PP- cubrió el cauce con tierra y hormigón para instalar un colector de aguas residuales en el marco de unas obras de urbanización en la zona que no contaban con el permiso de la CHJ. Este organismo inició un pleito que finalizó cuando el consistorio restauró a su estado original el entorno del cauce del barranco -en la confluencia con la Font Jordana- eliminando parcialmente la losa de hormigón existente y ejecutando una zanja. Los trabajos, supervisados y avalados por la CHJ en todo momento, permitieron solventar los problemas de evacuación de aguas generados por la colmatación del cauce.
En 2020, sin embargo, un vecino de Agullent denunció el "continuo deterioro de los terrenos de su propiedad, lindantes con el Barranc de la Canadella, por la erosión y el desprendimiento de tierra", alegando que la obra que canaliza las avenidas de agua "no estaba bien ejecutada". El afectado declaró que había sufrido "daños estructurales" en el inmueble, el tendido eléctrico y el suministro de agua y reclamó medidas par subsanar los desperfectos.
Un agente medioambiental comprobó que el tramo del cauce presentaba un desmoronamiento significativo de tierras del talud derecho y erosiones en el talud izquierdo, con puntos en los que la losa de hormigón del camino que discurre por la zona de servidumbre se encontraba al aire. El vigilante también observó elementos obstructivos en el álveo por las tierras y piedras desprendidas y un arrastre de las escolleras colocadas al pie del talud. Según el agente, el ayuntamiento no había llevado a cabo "obras de estabilización del talud de la ladera de derecha, ni trabajos de adecuación del cauce suficientes ni operaciones de conservación de las obras de recuperación del barranco". Igualmente, apreció unas conducciones en desuso (tramo de colector y tubería de fibrocemento) desenterradas y pendientes de retirar.
La sentencia exime de responsabilidad al ayuntamiento
En cambio, un informe técnico municipal atribuyó los daños no a la solución constructiva adoptada en su día para restituir el cauce, sino a los fuertes temporales y danas que sacudieron a la localidad en 2019 y 2020. El consistorio defendió que su intervención no consistió en el refuerzo de ningún talud, sino en la gestión, contratación y financiación de obras de restauración del dominio hidráulico para recuperar el estado natural de un tramo del cauce previamente pavimentado y rellenado, en cumplimiento de una orden de ejecución de la propia CHJ.
En su recurso contra la sanción del organismo de cuenca, el Ayuntamiento de Agullent acusó a la Confederación de ir "en contra de sus propios actos", dado que dio su bendición a las obras en el barranco. A juicio del consistorio, era la CHJ la que debía proponer una solución al problema planteado, el cual "se podría agravar con lluvias posteriores".
Tras examinar los dos puntos de vista, el TSJCV no considera probada la infracción atribuida al ayuntamiento. "Que en 2013 (el consistorio) fuera sancionado por obras en el barranco no convierte en responsable al municipio de cualquier daño posterior que haya podido sufrir el cauce, del que es titular la administración del Estado-CHJ", concluye la sentencia de la sala de magistrados, publicada recientemente. El pronunciamiento, que no es firme, advierte de que el Comisario de Aguas declaró formalmente la reparación del daño causado en su día por el Ayuntamiento de Agullent. El TSJCV considera que "el ayuntamiento de un pequeño municipio no debe pechar con las consecuencias de una falta de diligencia del organismo de cuenca".
El fallo impone las costas procesales del procedimiento a la Confederación Hidrográfica del Júcar.
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