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Seguridad

Deniegan la libertad a un "peligroso" delincuente reincidente en prisión por un robo con violencia en Xàtiva

La Audiencia Provincial de Bilbao desestima el recurso de la defensa del reo, que había pedido su excarcelación alegando que ninguna de sus dos condenas sumaba más de 2 años de prisión

El penado tiene otras tres causas en trámite también por robos con violencia e intimidación, dos en Bizkaia y una en la capital de la Costera

Imagen de archivo de una patrulla de la Policía Nacional en Xàtiva.

Imagen de archivo de una patrulla de la Policía Nacional en Xàtiva. / Perales Iborra

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Sergio Gómez

Sergio Gómez

Xàtiva

La Audiencia Provincial de Bilbao ha rechazo poner en libertad a un delincuente reincidente que se encuentra en prisión preventiva por la comisión de un presunto robo con violencia en Xàtiva, apelando a su peligrosidad y al riesgo de reiteración delictiva.

El penado, que tiene pendiente de cumplir una pena de un año de prisión por otro delito similar denunciado en la zona de Bizkaia, ya ha sido condenado previamente por dos delitos de robo con violencia o intimidación y arrastra otras tres causas en trámite también por hechos similares, dos en Bizkaia -una de ellas ya sentenciada- y otra en Xàtiva, por la que está privado de libertad e ingresado en un centro penitenciario a la espera de juicio desde el 31 de enero de 2026.

La defensa del acusado pidió la suspensión de la ejecución de la pena de un año de prisión, impuesta por la sección de lo penal del tribunal de instancia de Bilbao, remarcando que tanto esta condena como una anterior que tenía a 21 meses de prisión son inferiores a la pena de dos años de reclusión y bajo el pretexto de que esta circunstancia permitiría sustituir la cárcel por el pago de una multa o la realización de trabajos para la comunidad. La representación del encausado alegó que a éste se le estaba "prejuzgando y conculcando el derecho a la presunción de inocencia" al d"ar casi por hecho que tener causas a nivel de ejecución equivale con estar condenado en firme".

Según la defensa, el cumplimiento de doce meses de prisión "supondría una ruptura al actual estado social, familiar y sanitario de su patrocionado".

Evitar la reiteración delictiva

La sala de la Audiencia Provincial, sin embargo, recuerda que el penado cometió otro delito en 2021 de idéntica naturaleza por el que fue condenado a 21 meses de prisión, una pena aún pendiente de ejecutar a la fecha del estudio del recurso interpuesto. "La trayectoria del penado pone de manifiesto una continuidad delictiva y una peligrosidad criminal incompatible con el beneficio que se solicita y se aconseja que la pena de prisión impuesta se cumpla en prisión, donde ya se encuentra ingresado, al considerarse este cumplimiento necesario para evitar la reiteración delictiva".

El auto insiste en que la "peligrosidad" del delincuente impide la concesión del beneficio pretendido por su defensa, al haber sido condenado ya por dos delitos de robo con violencia o intimidación, teniendo tres causas en trámite. Además, la resolución concluye que no ha quedado acreditado que el delito se cometiera por razón de una eventual adicción del penado, ni que éste se encuentre actualmente en tratamiento de deshabituación o ya deshabituado, por lo que no procede la aplicación del artículo del Código Penal pretendido en el recurso.

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