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El pulso de la falla campeona de Xàtiva por regularizar su casal acaba en el Síndic de Greuges

La institución emplaza al consistorio a resolver la solicitud que hace casi seis años formuló República Argentina para inscribir su local como sede festera tradicional de tipo B

El ayuntamiento defiende que la documentación presentada hasta el momento no ha cumplido los requisitos exigidos, pero muestra su voluntad de "facilitar la regularización"

La comisión pide tener acceso a la documentación demandada a otras fallas tras observar "diversas anomalías" en otros casales

Presentación del "llibret" de la Falla República Argentina de Xàtiva.

Presentación del "llibret" de la Falla República Argentina de Xàtiva. / Falla República Argentina

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Sergio Gómez

Sergio Gómez

Xàtiva

El Síndic de Greuges se ha pronunciado recientemente a raíz de una queja interpuesta por la falla República Argentina de Xàtiva en el marco del proceso iniciado por esta comisión en 2020 para intentar inscribir su casal en el Registro de Sedes Festeras Tradicionales como sede de tipo B.

Hace casi seis años, la falla solicitó al Ayuntamiento de Xàtiva este paso para regularizar la situación de su local ubicado en la calle Carlos Sarthou, que a día de hoy sigue instalado en un limbo. En las sedes de tipo B, que no están abiertas a la pública concurrencia, además de las funciones de gestión y administración, se realizan otro tipo de actividades que suponen la reunión o concentración de festeros, familiares e invitados. En cambio, las de tipo C se consideran «salas polivalentes» y funcionan, a todos los efectos, como «establecimientos públicos», por lo que se regirían por la ley de Espectáculos, precisarían de licencia de apertura y sería exigible su insonorización. República alega que se le pretende aplicar la normativa propia de "actividades industriales comerciales y de servicios", en las que resulta preceptiva la presentación de un estudio acústico.

Según lo indicado por la comisión al Síndic, en 2021 el consistorio le requirió la aportación de una declaración responsable y una memoria de actividad que presentó cuatro días después. En marzo de 2025, República Argentina registró un nuevo escrito ante la administración local para remarcar que su local no se encuentra abierto a la pública concurrencia ni se realizan en el mismo actividades comerciales o mercantiles. Con posterioridad, la comisión trasladó al defensor del pueblo valenciano que, a fecha de abril de 2026, no se había puesto aún en su conocimiento ni la resolución de inscripción en el registro ni una resolución motivada de la denegación de dicha solicitud.

En el marco de la investigación iniciada por el Síndic, el Ayuntamiento de Xàtiva aportó un informe el 23 de abril en el que expuso que la documentación presentada por la falla no cumplía los requisitos exigidos para su inscripción como sede festera tradicional de tipo B, por la ausencia de una memoria técnica completa, una descripción de recorridos de evacuación, una justificación de las medidas de protección antiincendios, la acreditación de instalaciones eléctricas, el estudio de contaminación acústica y una definición precisa del local y sus instalaciones. "Estas deficiencias han sido reiteradamente puestas de manifiesto en los informes técnicos municipales y en los sucesivos requerimientos practicados", incidió la corporación local.

"Cuando los informes técnicos constatan la ausencia de documentación esencial o el incumplimiento de condiciones técnicas y de seguridad, la administración está obligada a actuar para garantizar la legalidad, sin que la mera presentación de una declaración responsable pueda consolidar derechos o sustituir el cumplimiento material de los requisitos exigibles", ahonda el informe municipal. El consistorio defiende que ha actuado en todo momento "de acuerdo con los principios de proporcionalidad y gradualidad". "Aunque los informes técnicos señalaban la procedencia de medidas como la no apertura del local o su clausura en caso de funcionamiento, el ayuntamiento ha optado por reiterar múltiples requerimientos de enmienda, conceder sucesivas oportunidades de regularización y evitar la adopción inmediata de medidas restrictivas o sancionadoras", incide el escrito, en el que la corporación muestra su voluntad de "facilitar la regularización de la situación, priorizando la vía de la colaboración". Por otra parte, el informe hace constar la existencia de quejas vecinales tramitadas a través de la aplicación Línea Verde "relacionadas con molestias derivadas del funcionamiento del local". Unas incidencias que, a juicio del consistorio, "refuerzan la necesidad de verificar de manera rigurosa el cumplimiento de la normativa aplicable antes de proceder a cualquier inscripción".

Recursos

En su réplica, la falla República Argentina defiende que los requerimientos municipales han sido contestados "en el plazo concedido" y asegura que al menos uno de los informes señalados por el ayuntamiento "no ha sido debidamente comunicado" a la comisión, lo que a su juicio generaría "una indefensión manifiesta". El colectivo fallero insiste en que la interpretación municipal en relación a la tipología de su sede festera es "errónea" y atribuye las quejas vecinales a la actividad propia de la fiesta en un espacio de carácter privado como es el casal.

La comisión también lamenta que no ha podido tener acceso a los datos relativos a los expedientes del resto de sedes festeras tradicionales de la ciudad, a tiempo que apunta a "diversas anomalías" observadas paseando por la ciudad: afirman que algunos casales "no muestran el distintivo obligatorio y otros lo cambian a medida que cambian de local, sin tramitar una nueva solicitud". En particular, querían conocer los estudios acústicos y memoria de actividades presentadas por otras comisiones "con la finalidad de la transparencia y el objetivo de adecuar con más precisión la actuación de esta comisión a lo que se exige al resto de sus iguales".

Tras analizar los argumentos de ambas partes, el Síndic de Greuges concluye que "no consta que el Ayuntamiento de Xàtiva haya dictado y notificado la correspondiente resolución motivada en contestación a la solicitud que formuló en 2020 la falla República Argentina relativa a la inscripción de su casal como sede festera tradicional de tipo B", por lo que recomienda a la corporación que lo haga dejando constancia de cómo y en qué plazo puede recurrirse esa decisión tanto por la vía administrativa como por la judicial.

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