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Tribunales

La Justicia obliga a una madre a negociar la retirada de la patria potestad de su hija con el padre condenado por violencia machista en la Vall d'Albaida

La sentencia exige a la mujer explorar la vía de la mediación extrajudicial para intentar llegar a un acuerdo previo con el hombre, penado por lesiones en el ámbito familiar, antes de evaluar su demanda de modificación de medidas

Sede de la Audiencia Provincial de València.

Sede de la Audiencia Provincial de València. / Levante-EMV

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Sergio Gómez

Sergio Gómez

Xàtiva

Una sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia obliga a una mujer que reside en un municipio de la Vall d'Albaida (cuyo nombre se omite para preservar su identidad) a intentar llegar a un acuerdo previo con su exmarido tras solicitar que se le retirara al padre la patria potestad sobre su hija menor de edad en virtud de una condena firme dictada en 2012 contra éste por dos delitos de lesiones en el ámbito familiar.

La demandante solicitó la modificación de las medidas establecidas tras su divorcio, pero el tribunal de instancia de Ontinyent le requirió que acreditara que antes había pasado por un proceso de mediación y negociación para alcanzar una solución extrajudicial con la otra parte. Después de ver desestimada la demanda en primera instancia, la mujer acudió a la Audiencia. El Ministerio Fiscal se adhirió al recurso de apelación presentado por la representación de la mujer, que consideró la interpretación del tribunal "excesivamente formalista y contraria a los principios de seguridad jurídica y tutela judicial efectiva". El recurso puso el foco en el "deber de los órganos judiciales de priorizar la protección de los menores expuestos a violencia de género y evitar interpretaciones procesales que conduzcan a su desprotección", a tiempo que apeló al "interés superior de la menor".

La sala de la sección décima de la Audiencia Provincial, sin embargo, no comparte el argumento del recurso de apelación ni el de la Fiscalía y hace hincapié en que el objeto de la demanda de modificación de medidas "no se limita a la privación de la patria potestad", sino que incluye otras materias, puesto que también solicitaba que se suspendiera el régimen de visitas del padre con la menor de edad y el mantenimiento de la pensión de alimentos, medidas adoptadas en la sentencia de guardia y custodia dictada en octubre de 2019.

El tribunal con sede en València recalca que estas dos últimas cuestiones "no están excluidas de la necesidad de negociación previa a la presentación de la demanda", por lo que la mujer debería acreditar el intento de llegar a un acuerdo "en los términos que exige la ley".

Condena extinguida

A juicio de la parte demandante, la mediación con el progenitor debería estar "vedada" al existir antecedentes de violencia de género. Sin embargo, la Audiencia subraya que, para ello, resultaría necesario que se demostrara que, en el momento de la presentación de la demanda, concurrían requisitos legales que justificaran la atribución de competencia objetiva a favor del juzgado de violencia sobre la mujer, circunstancia que -según la sala- "no aparece acreditada". El órgano judicial esgrime que "lo adecuado hubiera sido la obtención por parte del juzgado de los datos de Sistema de Registros Administrativos de Apoyo a la Administración de Justicia para comprobar la vigencia de las medidas acordadas en el ámbito penal".

La sentencia continúa indicando que "si tras la obtención de estos datos en relación con la condena penal (del progenitor) la misma se encuentra cumplida y extinguida" (la sentencia firme por lesiones en el ámbito familiar era del año 2012), en el momento de la presentación de la demanda resultaría correcto el requerimiento que hizo el tribunal de instancia de Ontinyent para que se acreditara que previamente se había acudido a un proceso de resolución de controversias, "intentando solucionar el conflicto a través de una de las vías extrajudiciales que se ofrecen en la ley".

Por todo ello, la resolución desestima el recurso de apelación interpuesto y confirma el auto del juzgado de la capital de la Vall d'Albaida.

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