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Sentencia

Los ecologistas llevarán al Supremo la línea de alta tensión Almansa-Montesa tras el aval judicial del TSJM

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el contencioso promovido por Acció Ecologista-Agró y Asvona y ha confirmado los permisos concedidos por el Ministerio de Transición Ecológica a la macroplanta solar Almansa I

Aunque el proyecto ha quedado archivado tras la renuncia de la promotora, las asociaciones advierten de que la autorización sigue vigente y podría reactivarse si se traspasa a otra empresa

Protesta en Madrid contra las macroplantas solares que afectaban a la Costera.

Protesta en Madrid contra las macroplantas solares que afectaban a la Costera. / Acció-Ecologista Agró

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Sergio Gómez

Sergio Gómez

Xàtiva

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso presentado por Acció Ecologista-Agró y la Associació de Voluntaris de la Natura de Moixent (Asvona) contra la autorización administrativa previa concedida a la planta fotovoltaica Almansa I y su infraestructura de evacuación, una línea de alta tensión que se diseñó para conectar Almansa y los municipios valencianos de la Font de la Figuera, Moixent, Vallada y Montesa.

Aunque, como contó este diario, el promotor acabó renunciando a la inversión -tras entrar en liquidación- y el Gobierno archivó el expediente a finales de 2025, los ecologistas advierten de que la autorización administrativa previa sigue vigente, por lo que consideran que el proyecto podría reactivarse en el futuro si se traspasa a otra empresa.

La sentencia confirma íntegramente la resolución del Ministerio para la Transición Ecológica al considerar que el procedimiento administrativo se ajustó al ordenamiento jurídico. Asimismo, inadmite el recurso directo contra la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) al entender que este tipo de resoluciones no son recurribles de forma autónoma.

Los magistrados rechazan los principales argumentos de las asociaciones ecologistas y concluyen que el Estudio de Impacto Ambiental sí analizó alternativas viables, incluida la denominada alternativa cero, además de los efectos acumulativos y sinérgicos del proyecto.

El trazado de la línea de muy alta tensión a su paso por Montesa.

El trazado de la línea de muy alta tensión a su paso por Montesa. / A

Respecto a la línea de alta tensión (LAT), uno de los ejes del litigio, la Sala avala la tesis del Ministerio y considera que se trata de una infraestructura de evacuación y no de transporte, pese a operar a 400 kilovoltios, al entender que su función es conducir la energía generada hasta el punto de conexión autorizado por Red Eléctrica.

El tribunal también descarta que se vulnerara el principio de precaución, que existiera indefensión durante la tramitación administrativa o que las asociaciones acreditaran suficientemente un impacto sobre el empleo rural o el declive demográfico de las comarcas afectadas.

Además de desestimar el recurso, el TSJM impone a Acció Ecologista-Agró y ASVONA el pago de las costas procesales hasta un máximo de 3.000 euros.

Acció Ecologista recurrirá al Tribunal Supremo

Las organizaciones ecologistas han recibido el fallo con "decepción" y han anunciado este jueves que presentarán un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

A través de un comunicado, Acció Ecologista-Agró sostiene que la sentencia "no se ajusta a derecho" y reprocha al tribunal no responda de forma expresa a varias de las cuestiones planteadas en la demanda.

Las asociaciones mantienen que durante la tramitación administrativa no fueron consideradas como parte interesada, no tuvieron acceso al expediente electrónico ni pudieron ejercer plenamente sus derechos de participación ambiental, en contra de lo previsto en la Ley 27/2006.

También discrepan de la interpretación realizada sobre la línea de alta tensión, al insistir en que, por sus características —420 kilovoltios y 33 kilómetros de recorrido—, debería haberse considerado una infraestructura de transporte, cuya promoción correspondería exclusivamente a Red Eléctrica.

Otro de los puntos de discrepancia afecta al estudio de alternativas y a la evaluación de los efectos acumulativos y sinérgicos. Las entidades recuerdan que la Generalitat Valenciana, la Junta de Castilla-La Mancha y los ayuntamientos de la Font de la Figuera, Moixent, Vallada y Montesa cuestionaron la calidad del Estudio de Impacto Ambiental y consideran que la sentencia no identifica en qué parte del expediente se justifican esos análisis.

Igualmente, rechazan la conclusión del tribunal sobre la incidencia socioeconómica del proyecto y sostienen que la legislación obliga a que el despliegue de las energías renovables contribuya a combatir el declive demográfico y revierta parte de la riqueza generada sobre el territorio afectado.

Pese a las limitaciones del recurso de casación, Acció Ecologista-Agró solicitará al Tribunal Supremo que se pronuncie sobre dos cuestiones que considera de interés casacional: si la Administración puede impedir de facto la participación de asociaciones y ciudadanos en este tipo de procedimientos y si una empresa privada puede promover una línea de alta tensión que, a su juicio, debería formar parte de la red de transporte gestionada por Red Eléctrica.

Las asociaciones recuerdan además que el Ministerio para la Transición Ecológica comunicó recientemente a cerca de un millar de recurrentes el archivo del expediente tras el desistimiento del promotor. No obstante, advierten de que la autorización administrativa previa sigue vigente, por lo que consideran que el proyecto podría reactivarse en el futuro.

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