El juicio por la demanda de paternidad contra Julio Iglesias se reanudará el próximo 4 de julio en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de València, después de que dicho juzgado haya desestimado «la excepción de la cosa juzgada» que pedían el cantante y el Ministerio Fiscal.

Asimismo, el Juzgado ha declarado «ilícito como medio de prueba, y por tanto carente de cualquier relevancia y valor jurídico y probatorio», el informe biológico del 12 de abril de 2017 del centro Citogen de Zaragoza aportado por el demandante, el valenciano Javier Sánchez-Santos.

Así consta en un auto, emitido después de que el pasado 30 de mayo se celebrara en la Ciudad de la Justicia, a puerta cerrada y sin la presencia del cantante, la vista por esta demanda de paternidad, que tras hora y media quedó suspendida para estudiar las cuestiones previas planteadas por el abogado del cantante.

En concreto, dicho abogado, Fernando Falomir, cuestionaba la licitud de la prueba de ADN presentada por el demandante, realizada a partir de una botella usada por el hijo del cantante Julio José de la que se apropió un detective, y si estos mismos hechos eran o no cosa juzgada, pues Sánchez-Santos ya presentó tres demandas de paternidad (en 1991, 1992 y 2004) que no prosperaron.

El titular del Juzgado afirma que no tiene «ningún sentido penalizar a un menor por el simple hecho» de que en la demanda presentada por su madre se haya elegido «una fórmula inadecuada», por lo que una vez alcanzada la mayoría de edad por el hijo este puede plantear nuevo proceso sobre el mismo objeto «sin que entre en juego la cosa juzgada». El juez ha considerado que «no concurre cosa juzgada» y ha desestimado la excepción planteada por el abogado del cantante y por el Ministerio Fiscal, por lo que procede la continuación del procedimiento.

El abogado del cantante explicó el día de la vista oral que, en caso de que el juez considerara que el juicio debía continuar, su defendido le había informado de que estaría dispuesto a someterse a una prueba de ADN.