Cuestionan la legalidad de la fórmula utilizada, pero consideran probable que los acusados pensaran de forma equivocada que su actuación era lícita. Sobre todo porque existía un informe favorable de Vicente Garrido, expresidente del Consell Jurídic Consultiu (CJC). Es la conclusión a la que llegan los tres magistrados de la sección segunda de la Audiencia provincial de València que han absuelto a los cuatro acusados en el juicio del caso del Palau de les Arts. Son Ernesto Moreno, exdirector financiero del teatro; los representantes de la empresa Patrocini de les Arts SA -el banquero Joaquín Maldonado y el abogado José Antonio Noguera Puchol-; y el excónsul de Francia Pablo Broseta, de la empresa Radcliffe. Entre los acusados también figuraba la exintendente Helga Schmidt, quien falleció unos meses antes de que comenzara la vista oral.

La sección segunda de la Audiencia considera que no ha quedada debidamente acreditada la perpetración de los delitos de prevaricación y malversación, según informó ayer en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ). Por ello, rechaza la denuncia de la Fiscalía contra los cuatro acusados por las irregularidades en los contratos suscritos por la Fundación Palau de les Arts Reina Sofía, entre los años 2008 y 2011, con tres empresas: Patrocini de les Arts SA, Viva Europa 24thc -filial de Patrocini- y Radcliffe.

Informes favorables

La sentencia divide los hechos en tres bloques. El primero se refiere a la contratación de la fundación pública con Patrocini de les Arts SA y su filial Viva Europa 24th para el patrocinio y la organización de los eventos denominados Viva Europa, un festival en el que participaban diversas ciudades europeas. Los magistrados cuestionan la legalidad de la fórmula utilizada para los contratos de patrocinio firmados el 19 de abril de 2008 y 1 de septiembre de 2009, pero considera posible que Ernesto Moreno, José Antonio Noguera y Maldonado «actuaran en la creencia cierta de que no suponían contravención alguna de la normativa en materia de contratación del sector público».

Según la resolución, «mediaban circunstancias que avalaban la aparente corrección jurídica de la forma de proceder de ambos contratos» como un informe de un funcionario de la Generalitat y otro emitido por el entonces presidente del Consell Jurídic Consultiu, Vicente Garrido.

En cuanto a los eventos denominados Viva Europa de los años 2009, 2010 y 2011, la Audiencia cree que las «particularidades» de esos contratos «permitían considerar como no descartable la opción de contratación que se llevó a término», ya que la Generalitat Valenciana no puso ningún impedimento y no existía «ninguna reserva o cuestionamiento de legalidad».

La sala admite que la creación de la empresa Patrocini de les Arts SA, en la que Helga Schmidt figuraba como consejera, y la adjudicación a la misma en exclusiva de los servicios de patrocinio de la ópera de València «revelan falta de transparencia, falta de publicidad y eliminación de cualquier posibilidad de concurrencia». Pero a juicio del tribunal no ha quedado demostrada ni la prevaricación ni la malversación.

La sentencia confirma los sobrecostes facturados al Palau de les Arts pero concluye que los acusados no se lucraron. El tribunal sostiene que Patrocini de Les Arts renunció a cobrar por la organización del evento Viva Europa 2010 y por la captación de nuevos patrocinadores durante ese año y durante 2011, lo que venía a compensar el sobrecoste pagado por la fundación, 143.525 euros, por la edición de Viva Europa 2009.

La misma conclusión recoge la sentencia para el segundo bloque de hechos: la contratación con la empresa Radcliffe y Asociados SL de determinados encargos de diseño e impresión del departamento de dramaturgia del Palau. Según el fallo, lo facturado se correspondía «con trabajos efectivamente realizados» y no consta que los precios cobrados estuvieran «fuera de los propios del mercado en las fechas en que se ejecutaron».

El tribunal únicamente ha valorado las pruebas relativas a los hechos que finalmente fueron objeto de acusación, pues la Fiscalía modificó sus conclusiones en la última sesión del juicio. El fiscal Ricardo Olivares asumió la acusación tras la marcha del exfiscal Anticorrupción Vicente Torres a la sala de lo Civil y Penal del TSJ.

La sección de delitos económicos de la Fiscalía redujo considerablemente sus peticiones de penas en un caso cuya operación policial, desarrollada en enero de 2015, fue muy cuestionada. El dispositivo ordenado por el juzgado incluyó un helicóptero que vigilaba los exteriores del recinto. El delegado del Gobierno era Serafín Castellano (PP).

Los hechos salieron a la luz a raíz de un informe elaborado por la Intervención General de la Generalitat en 2014 en el que señalaba un rosario de irregularidades. El análisis fue encargado por la conselleria de Cultura tras recibir una denuncia de un extrabajador en el que alertaba del presunto desvío de fondos públicos a una sociedad anónima en la que Schmidt figuraba como consejera. Este trabajador ratificó en el juicio su denuncia.

El informe de la Intervención acabó en la Fiscalía de València y a partir de ahí el juzgado de Instrucción 15 asumió las diligencias.