La Audiencia provincial de València ha desestimado el recurso que presentó el aristócrata Cayetano Martínez de Irujo contra la sentencia dictada por un juzgado en primera instancia que le condenó al pago de 3.000 euros por atentar contra el honor de Luis Rubiales, presidente de la Federación Española de Fútbol.

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Levante-EMV, el tribunal considera probado que Martínez de Irujo dijo en el programa de televisión «Espejo Público», emitido en Antena 3 en 2017 tras la investigación llevada a cabo por el Juzgado Central de Instrucción 5 de Madrid en el denominado caso Soulé, que Rubiales «era el cabeza de una trama corrupta que ahora gracias al juez Pedraz se ha demostrado que es criminal».

También aseguró que «la mafia criminal organizada y corrupta del caso Soulé tiene tres pilares, siendo Luis Rubiales uno de ellos» y que «Luis Rubiales ha engañado a los futbolistas, ha organizado huelgas estériles a futbolistas a favor de esa trama corrupta de la que él forma parte».

El tribunal, presidido por el magistrado Pedro Viguer, ha estimado los argumentos expuestos por la defensa de Rubiales, quien ha estado representado por el abogado José Vicente Gómez Tejedor, y concluye que «ni la información ni la opinión o crítica pueden manifestarse con frases y expresiones ultrajantes u ofensivas, sin relación con la noticia que se comunique o con las ideas u opiniones que se expongan, y por tanto innecesarias a tales propósitos».

«Sin perjuicio de que el derecho al honor no puede prevalecer como regla general respecto de la libertad de expresión y el derecho a la crítica, especialmente cuando se trata de personas que ostentan cargos públicos, o con relevancia pública o social, como sucede en el caso, esta afirmación decae cuando se traspasa el límite de la crítica, la supuesta opinión se adentra en el ámbito del insulto, y las declaraciones pasan a tener un matiz injurioso, denigrante o desproporcionado, sobre todo cuando responden a hechos no veraces que afectan directamente al núcleo de la reputación», recoge la sentencia.