El Consejo de Ministros aprobó ayer un proyecto de ley sobre los requisitos de solvencia que deben cumplir intermediarios y entidades financieras, cuya principal novedad es que elimina las participaciones preferentes y las obligaciones como parte de los recursos propios de las entidades financieras. De este modo, las participaciones preferentes y otros instrumentos híbridos no podrán ser tenidas en cuenta como recursos propios de los bancos, lo que se conoce como core capital.

Los híbridos son instrumentos de deuda como por ejemplo acciones preferentes y obligaciones convertibles, que hasta ahora computaban como parte del capital de los bancos y, por tanto, se podían incluir en los resultados de la entidad. Entre las novedades del nuevo marco legislativo destaca la imposibilidad de que entidades de crédito y empresas de inversión inviertan en activos procedentes de titulizaciones, a no ser que el emisor se quede con parte de dichos activos y evalúe sus riesgos. De este modo, se evita que el riesgo recaiga únicamente en la entidad financiera o empresa de servicios de inversión que adquiere los títulos.