La acusación popular que pidió el amparo del Tribunal Constitucional para revisar la "doctrina Botín" ha desistido de continuar con el proceso, lo que hará que previsiblemente se archive el caso, según fuentes jurídicas consultadas hoy por Efe.

La llamada "doctrina Botín" fue adoptada por el Tribunal Supremo en 2007 para cerrar el llamado caso de las cesiones de crédito en el que estaba implicado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín.

Esa doctrina, que fue corregida por el propio Tribunal Supremo en 2008 con la denominada "doctrina Atutxa", establecía que las acusaciones populares no podían pedir la apertura de juicio oral cuando la fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa con el objetivo de salvaguardar los derechos del acusado.

El recurrente es la Asociación para la Defensa de Inversores y Clientes (ADIC), vinculada al fallecido Rafael Pérez Escolar, consejero de Banesto en la época en la que lo presidía Mario Conde, y que ahora ha sido disuelta, por lo que desistirá de casi todos los procesos en marcha contra el Santander.

Según las fuentes consultadas, el desestimiento ocasionará previsiblemente que el Constitucional no revise la decisión del Supremo, aunque existe la posibilidad remota de que decida pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.

En diciembre de 2007, el pleno jurisdiccional de la Sala de lo Penal del Supremo confirmó el sobreseimiento del caso de las cesiones de crédito -en el que estaban acusados Botín, otros tres ejecutivos del banco y 21 clientes-, que había decidido la Audiencia Nacional el 20 de diciembre de 2006.

La Audiencia Nacional dejó sin efecto el auto de apertura de juicio oral dictado por la jueza Teresa Palacios a instancias sólo de la acusación popular encabezada por la ADIC, que denunció un posible perjuicio patrimonial de 84 millones de euros, pues la acusación de Iniciativa per Catalunya Verds no presentó su escrito a tiempo.

La Audiencia Nacional archivó el caso por considerar que el ejercicio de la acusación popular debía estar limitado "en cuanto a su alcance, extensión y contenido", un argumento que avaló el Supremo.

No obstante, poco después el alto tribunal decidió retocar la "doctrina Botín" para condenar al expresidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak (SA) y admitió la acusación popular en solitario cuando el delito afecta a "intereses colectivos" o si no se han personado los perjudicados directos.

La figura de la acción popular ha sido muy discutida, ya que mientras para algunos sólo sirve para "enervar" la acción de la Justicia, para otros cree que es útil para evitar que "hechos punibles queden impunes".

El caso "cesiones de crédito" se remonta a 1987, cuando el Santander empezó a comercializar unos productos que permitían evitar el pago de las retenciones a Hacienda y que conllevaron la persecución de numerosos clientes por un presunto delito fiscal.

El sobreseimiento siempre ha amenazado la investigación penal, que analizó más de 47.000 operaciones por un importe superior a los 432.000 millones de pesetas (2.596 millones de euros).

De hecho, desde 1998 el Ministerio Fiscal ha pedido el sobreseimiento en catorce ocasiones, al igual que la Abogacía del Estado -representante de la Agencia Tributaria-, que lo hizo en siete ocasiones.