La Audiencia Nacional ha eximido a AENA de indemnizar a los afectados por el cierre del espacio aéreo derivado del plante de los controladores en diciembre de 2010 al considerar que las normas europeas sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos no amparan sus reclamaciones. En una sentencia notificada ayer, contra la que no cabe recurso, la sección octava de sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional revoca una anterior de un Juzgado Central de esa jurisdicción que condenó a AENA a pagar a Viajes Iberia 304.385,69 euros en concepto de responsabilidad patrimonial. La sala ya rechazó el pasado mes de abril en otra resolución la responsabilidad patrimonial del Estado, a través de AENA, al considerar que este organismo actuó en aras de la seguridad aérea «en garantía de la vida e integridad» de terceros. efe madrid