La reforma fiscal planteada por el Gobierno contiene ciertas propuestas que inciden directamente al bolsillo del contribuyente. Desde que fuera presentada este lunes, la propuesta del Ejecutivo ha desatado todo tipo de comentarios y de análisis. Aquí te glosamos las 10 medidas que más te pueden afectar.

1. Indemnizaciones por despido

Las indemnizaciones por despido empezarán a tributar más tras la entrada en vigor de la reforma fiscal del Gobierno. Sí, así es, muchos despedidos a partir del 20 de junio, fecha en la que el Consejo de Ministros estudió el informe sobre el anteproyecto de reforma fiscal, tendrán que pagar a Hacienda por el cobro del finiquito.

Aunque no todos los despidos deberán tributar ni lo harán en la misma medida, ya que el Gobierno ha fijado un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado, lo que permitirá que los contribuyentes con sueldos de 20.000 euros o inferiores no paguen a Hacienda cuando sean despedidos.

Sin embargo, los que hayan percibido un sueldo de 30.000 euros al año solo disfrutarán de una exención del 72,72% del total tras aplicarles el mínimo exento. Los que hayan cobrado 40.000 se beneficiarán de una exención del 54,55%, mientras que los que ganaron 50.000 euros disfrutarán de una exención del 43,64%.

Los contribuyentes con un sueldo de 100.000 euros al año tendrán una exención del 21,82% en la indemnización. Finalmente, los que hayan disfrutado de un sueldo de 150.000 euros tendrán una exención final del 14,54% una vez aplicado el mínimo exento.

Hasta ahora, las indemnizaciones por despido solo tributaban si superaban el máximo marcado por ley de 45 días por año trabajado, antes de la reforma, y los 33 días tras la misma.

2. Alquiler de vivienda

El Gobierno ha eliminado en la reforma del IRRF la deducción por alquiler de vivienda para aquellos contratos que se firmen a partir del 1 de enero de 2015.

De esta forma, el Gobierno ha suprimido tanto la deducción por compra de vivienda para las adquisiciones posteriores al 1 de enero de 2013, como la deducción por alquiler, que quedará suprimida para los nuevos contratos que se suscriban a partir de 2015.

La deducción estatal para inquilinos asciende al 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler para los contribuyentes con una base imponible máxima que no supere los 24.107,20 euros.

3. Arrendamiento de la vivienda

Por otro lado, la reforma fiscal incluye una rebaja del 60% al 50% de la exención de tributación en las rentas obtenidas por los propietarios por rentas del alquiler de viviendas a partir del 1 de enero de 2015. En el caso de inquilinos menores de 30 años, el anteproyecto de Ley elimina la exención total desde esa misma fecha.

4. Cobro de dividendos

El Gobierno ha eliminado la exención de tributación para los primeros 1.500 euros de dividendos. A pesar de este incremento fiscal, el Gobierno considera que este aumento se compensa con la reducción general de la tributación al ahorro.

5. Planes de pensiones

En las medidas, el Gobierno limita a 8.000 euros anuales las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho a deducción en el IRPF.

Se trata de una aportación única, que no se verá incrementada por la edad del contribuyente como sucede ahora, y no tendrá impacto en el ahorrador medio, puesto que sus aportaciones son inferiores a esta cifra.

Además, la deducción por inversión en planes de pensiones mantiene su régimen fiscal actual.

6. IVA sanitario

Por imposición europea los productos sanitarios deberán elevar su tributación al 21%. Solo las gafas graduadas, las lentillas, las prótesis, las sillas de ruedas o las muletas seguirán disfrutando del tipo reducido del IVA del 10%.

7. Mínimos familiares

En su apoyo a las familias, el nuevo IRPF eleva los mínimos familiares una media del 32%. Así, por el primer hijo se incrementa en 564 euros, hasta los 2.400 euros anuales (un 30,7% más), para el segundo hijo se eleva 660 euros, hasta los 2.700 euros (un 32,3% más), para el tercer hijo se incrementa en 328 euros, hasta los 4.000 euros (un 8,9% más), y para el cuarto hijo se aumenta en 318 euros, hasta los 4.500 euros (un 7,6% más).

A su vez, el mínimo por hijo menor de tres años pasa de 2.244 euros a 2.800 euros, lo que supone un incremento del 24,7% (556 euros más), mientras que por cuidado de ascendientes menores de 65 años se eleva a 1.150 euros, un 25,2% más, y para ascendientes mayores de 75 años se incrementa hasta los 2.550 euros, un 25% más.

Así, una familia con dos hijos y un rendimiento del trabajo de unos 25.000 euros anuales pagará por IRPF un 13,94% menos, mientras que un soltero sin hijos con 12.000 euros de renta dejará de tributar. Por su parte, un autónomo sin hijos y con ingresos de 40.000 euros anuales disfrutará de una rebaja de casi el 10%.

8. ‘Impuestos negativos’

En esta reforma el Gobierno ha creado tres nuevos ‘impuestos negativos’ o categorías de beneficios fiscales para familias o personas con discapacidad, que recibirán 1.200 euros anuales, a razón de 100 euros al mes, que son acumulables entre sí y similares a la deducción actual por cuidado de hijos menores de tres años, que también se mantiene. La suma de todos estos ‘impuestos negativos’ puede llegar hasta los 6.000 euros anuales.

Así, para una familia con dos hijos, uno de ellos menor de tres años y que la madre no trabaje, y que obtenga unos ingresos anuales de 22.000 euros, la rebaja se eleva al 48,15%, mientras que un contribuyente casado con un hijo con discapacidad y con una renta de 17.000 euros pagará un 63% menos de IRPF con esta reforma, ya que podrá beneficiarse de la deducción de 1.200 euros por hijo discapacitado.

9. Mínimo personal

El mínimo personal del IRPF se incrementará de los 5.150 euros actuales a los 5.550 a partir de 2015, cuando entre en vigor la reforma fiscal, cuyo anteproyecto de ley presentó este lunes en rueda de prensa el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

10. Tributación del ahorro

Los rendimientos del ahorro pasarán a tributar a un mínimo del 19% y un máximo del 23%, cuando entre en vigor plenamente la reforma fiscal del Gobierno en el año 2016.

Los tipos que gravan el ahorro bajarán en todos los tramos, pero lo harán en dos veces, igual que los tramos del IRPF. Una parte entrará en vigor en 2015 y otra en 2016.

Así, el ahorro hasta 6.000 euros, que hasta este año tributaba al 21% pasará a tributar al 20% en 2015 y al 19% en 2016, el mismo nivel que había en el año 2011 antes de la subida fiscal.

Por su parte, el ahorro de entre 6.000 y 24.000 euros pasará del 25% de 2014 al 22% en 2015 y al 21% en 2016, también el mismo nivel que el registrado en 2011. El ahorro de entre 24.000 y 50.000 euros pasará de tributar al 27% a hacerlo al 22% en 2015 y al 21% en 2016, mientras que el que supere los 50.000 euros pasará del 27% de este año al 24% en 2015 y al 23% en 2016.

Así, las rentas que no superen los 50.000 euros volverán a tributar al mismo nivel que el que existía en el 2011, mientras que las que superen esa cantidad tributarán algo más que hace tres años, cuando el tipo estaba también en el 21%.