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Ley de Cajas de Ahorros

El Jurídic aprieta al Consell para que garantice la transparencia de dietas y salarios en la nueva ley de Cajas

El CJC insta a que la norma deje claro que las retribuciones son públicas y solo se considere secreta la estrategia comercial

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Tras los escándalos de las tarjetas Black de Caja Madrid y el disfrute de dietas en las extintas cajas valencianas, el Consell Jurídic Consultiu(CJC) se ha puesto exquisito y en su dictamen sobre el proyecto de ley de modificación del texto refundido de la ley de Cajas de Ahorros ha apretado al Ejecutivo para que no haya gateras en la norma por donde pueda cuele la opacidad. Así, en su informe pide al Consell plantea una redacción más exhaustiva de tal manera que se dejo claro que existirá una política de transparencia total en las retribuciones y dietas de los consejeros y que, salvo contadas excepciones, los acuerdo que se adopten en los órganos de gobierno serán públicos.

La reforma de la ley de cajas fue aprobada recientemente por el pleno del Consell con el objetivo declarado de reforzar la profesionalización del consejo de administración y la comisión de control y la subsiguiente despolitización. De hecho, se contempla una nueva incompatibilidad, por la que no podrán ser miembros de los órganos de gobierno quienes desempeñen cualquier cargo ejecutivo en partido político, asociación empresarial u organización sindical. La norma se aplicará a Caixa Ontinyent, a las fundaciones surgidas por la transformación de Bancaixa y CAM, y a las constituidas en su día por la gestión de la obra social, como la Fundación Caja Castellón.

El informe elaborado por el JCJ da el visto bueno al proyecto, aunque recoge una observación esencial. En concreto; la obligatoriedad de requerir un informe del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) para la concesión de créditos a quienes ostenten la representación del personal, o familiar, que sean vocales de los órganos de gobierno.

Pero junto a este asunto, que obliga al Consell a corregirlo, el dictamen hace una serie de precisiones ligadas a la actualidad de los escándalos en las cajas. Así, apunta a que el texto recoge el carácter secreto de los acuerdos de los órganos de gobierno cuando se estime «pertinente». Sin embargo, recuerda que por otro lado, se dispone para la política de dietas y retribuciones precisamente el principio contrario, el de «máxima transparencia», por lo que, añade el CJC, «existe una antinomia, si se quiere relativa o parcial, que se tendrá que corregir»

Y va más allá, al decir que los acuerdos no pueden ser secretos, salvo que «versen sobre la estrategia comercial, sobre el plan de actuaciones o el plan estratégico de inversiones que la entidad proyecte acometer en el futuro, para captar clientela, mejorar su cartera de servicios o su liquidez y situación patrimonial». De lo contrario, «debe afirmarse que el principio de transparencia».

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