La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha admitido a trámite el recurso presentado por los sindicatos minoritarios por la vía de los derechos fundamentales, contra el reglamento que desarrolla la Ley de Participación y Colaboración institucional de sindicatos y empresariales.

Los cuatro sindicatos que recurrieron por «vulneración de los derechos a la igualdad y a la libertad sindical» por parte del Consell, según el CSI-F, USOCV, Intersindical y el Sindicato Independiente.

Además, las cuatro formaciones tienen previsto formalizar la próxima semana un segundo recurso, por la vía ordinaria, contra el reglamento de la ley.

La patronal y sindicatos ya han recibido 2,6 millones, parte del dinero que blinda la Conselleria de Economía con esta ley para Cierval, UGT y CC OO. Fue hace unos días cuando la Conselleria de Hacienda liberó 2,6 millones, la mitad de la subvención anual de 5,2 millones, tras semanas de bloqueo por parte de la Conselleria de Economía. El envío se ha hecho vía confirming, con lo que las entidades tendrán que asumir las cargas financieras para acceder al dinero.

La base del recurso presentado es que el decreto 191/2015 de 28 de octubre «no establece criterios equitativos para regular esta participación. En lugar de hacerlo, determina una exclusividad para UGT y CCOO», critican los sindicatos.

En este recurso los cuatro sindicatos destacan el trato «injustificadamente diferenciado» a los sindicatos más representativos y señalan cómo el Consell les otorga «beneficios económicos que son privilegios exorbitantes, por los cuales se sitúan en mejor posición, lo que rompe cualquier principio de competitividad igualitaria».

En este mismo documento se advierte de la «desigualdad de trato» entre sindicatos, «desprovista de la objetividad, justificación, proporcionalidad y razonabilidad exigibles, según el Tribunal Constitucional, para que esta diferencia pueda considerarse aceptable». El recurso alerta de la vulneración de los artículos 7.18 y 28.1 de la Constitución.