El Juzgado de lo Penal 2 de València ha absuelto a los tres miembros de la familia Boluda Soler y a uno de sus socios en varias empresas de la acusación de administración desleal y delito societario, de los que habían sido denunciados por un empresario de Murcia. En el fallo dictado por el Juzgado de lo Penal número 2 de València, al que ha tenido acceso Levante-EMV, se absuelve a Juan Bautista Boluda Sanambrosio, a su esposa María Dolores Soler Luján (hermana del expresidente del Valencia CF), al hijo de ambos, Juan Bautista Boluda Soler y al empresario Severo Fernández Bravo de los delitos que les imputaba en solitario su antiguo socio ya que la Fiscalía retiró todos los cargos contra los miembros de la familia Boluda Soler y sus empresas Denia Grup SA y Yaiza Trust.

El origen del litigio entre ambas partes se remonta al año 2007 cuando Juan Bautista Boluda Soler Sanambrosio y el empresario murciano Daniel López Miñano constituyeron una sociedad para adquirir terrenos en Bulgaria y desarrollarlos urbanísticamente. Sin embargo, con el tiempo los miembros de la familia Boluda Soler detectaron que «el negocio no era tan interesante y que había diversas irregularidades», por lo que en 2008 decidieron vender la empresa que habían creado para los negocios en Bulgaria, Denia Grup SA. Aunque antes llegaron a aportar 8 millones de euros para pagar los solares donde supuestamente iban a desarrollar planes urbanísticos, sin que la empresa de Daniel López Miñano llegara a aportar nada, según declara probado la sentencia del Juzgado de lo Penal 2 de Valencia.

Tras adquirir los solares «empezaron a percatarse de las irregularidades del señor López y su entorno, por lo que decidieron averiguar cuál era la verdadera situación de los solares, llegando al conocimiento de que los precios de los solares estaban hinchados hasta en un 120%» por lo que el dinero invertido «no llegarían a recuperarlo en quince años», según considera probado el fallo del Juzgado de lo Penal 2 de Valencia.

De ahí que la familia Boluda Soler decidiera aprobar un traspaso de participaciones entre las empresas que participaron en el negocio inmobiliario de Bulgaria, que el empresario murciano denunció ante el juzgado por administración desleal. Unas acusaciones que el juez de lo Penal 2 de Valencia rechaza. «No queda probado que el acuerdo [empresarial de la familia Boluda Soler] se celebrara con ánimo de lucro en perjuicio del socio minoritario [en referencia a Daniel López Miñano]» ni las decisiones que adoptaron supusieron «una disposición fraudulenta de los bienes de Denia Grup SA» por lo que «procede la libre absolución de los acusados, al no quedar acreditado» ningún delito.