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Bitcoins

Los expertos alertan sobre el riesgo de la inversión en monedas virtuales

Las nuevas aplicaciones financieras desbordan la legislación y dejan desprotegidos a sus usuarios

Los expertos alertan sobre el riesgo de la inversión en monedas virtuales

Un robot mueve los fondos de una cartera de inversión. Ordena compras y ventas de acciones. Miles por minuto. Sigue un algoritmo cuidadosamente diseñado por un joven programador que atiende las instrucciones de un grupo de veteranos expertos en bolsa, mercados de futuros o evolución de las divisas. Pero el robot es autónomo. Decide sobre el destino de los ahorros de miles de clientes. Suele acertar. Suele garantizar una rentabilidad sostenida y razonable. Pero si un día falla. Si un día ordena la compra equivocada y arruina a cientos de pequeños inversores, ¿quién es el responsable? ¿Cabe demandarle?

No se trata de un cuento de ciencia ficción. Es la realidad más estricta. Y el problema no es baladí.

València acogió a final de la semana pasada un Congreso Internacional de Derecho Bancario financiado por el Ministerio de Economía para abordar el asunto. La primera conclusión de los expertos es recurrente: las nuevas tecnologías y aplicaciones financieras desbordan con creces la legislación actual.

Las monedas virtuales, por ejemplo, cotizan en los mercados financieros con rentabilidades atractivas. Un bitcoin, la primera criptomoneda, se vendía por 1.000 dólares a principios de 2017. Hoy se puede vender por 5.780 dólares y comprar por 5.811 a través de un portal de internet con base en Chipre que advierte: "Las criptomonedas son extremadamente volátiles".

Convertibilidad

Leif Ferreira, un programador de Castelló, fundó a principios de 2015 Bit2Me, la primera empresa española que compra y vende bitcoins. Ferreira es el primer sorprendido por el volumen que ha adquirido el negocio. Estimaba un movimiento en torno a cien mil euros al año. Ahora tiene 35.000 clientes que compran y venden bitcoins por valor de un millón y medio de euros al mes. Bit2Me ha desarrollado una aplicación que permite disponer de saldo en euros en los cajeros de ocho bancos españoles. El cliente ingresa bitcoins a favor de Bit2Me y puede sacar euros a través de un código QR en su teléfono móvil.

"Todas las personas que usan nuestra plataforma están identificadas", explica Ferreira, "pero no porque sea un requisito legal, sino porque nosotros trabajamos con bancos que nos piden que identifiquemos a los usuarios". Los bancos toman precauciones, pero la posibilidad de disponer de euros a cambio de bitcoins no está regulada.

Rafael Marimón Durá, profesor titular de Derecho Mercantil de la Universitat de València y director del Congreso Internacional de Derecho Bancario, explica que las monedas virtuales tienen dos vertientes. Una, como instrumentos de cambio. Otra, muy distinta, como instrumentos de inversión. "Si un comercio acepta el pago con monedas virtuales o criptomonedas para facilitar las compras a sus clientes no hay ningún problema", comenta, "hace cuarenta años nadie creía en las tarjetas de crédito, hoy nadie lleva encima dinero en efectivo".

Otra cosa es invertir en criptomonedas. "Cuando uno compra acciones o cualquier otro instrumento de inversión, hay una entidad que asume un compromiso de convertibilidad que garantiza que esos títulos se pueden transformar en dinero en efectivo", dice Marimón, "pero las criptomonedas no ofrecen esa garantía".

El Banco de España no regula las criptomonedas. Un portavoz explica que los intercambios de criptomonedas son "operaciones entre particulares" y que la entidad reguladora no tiene nada que decir.

Otra cuestión es tener que superar un filtro informático para acceder a un crédito personal o una hipoteca. Basta con aparecer en un registro de morosos para tener la garantía de que el préstamo será denegado. "Puedes tener una diferencia con una compañía telefónica, por ejemplo, y, con toda la razón, dejar de pagar un recibo porque te consideras estafado", sugiere Marimón, "en ese caso hay que acudir a la Agencia de Protección de Datos para que se suprima tu inclusión en el registro de morosos". En condiciones normales, se debe resolver el caso a través de la vía administrativa. Si no, hay que recurrir a los tribunales. Pero bien pertrechados, no se debe olvidar que el rival es una máquina.

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