El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de dar el visto bueno en una sentencia a los impuestos autonómicos a las grandes superficies comerciales. Se trata de un gravamen que se remonta al año 2000, y que penaliza el impacto medioambiental y urbanístico que generan los establecimientos comerciales de gran formato, por los desplazamientos que generan.

Hasta la fecha, en España únicamente lo están aplicando Asturias, Cataluña y Aragón, pero el dictamen de la Corte de Luxemburgo abre la puerta para se sumen las comunidades que, como la valenciana, estaban siguiendo de cerca el periplo judicial de este impuesto, como ya contó Levante-EMV el pasado mes de noviembre.

Habrá que ver qué perfil adopta ahora la Conselleria de Economía, controlada por Compromís, y que desde que arrancó la legislatura ha tomado partido por el pequeño comercio en la batalla que viven los formatos comerciales.

Así se ha podido comprobar en el conflicto por las aperturas en festivos, donde la Dirección General de Comercio abandera desde 2015 la posición más restrictiva contra la libertad horaria. Además, en otros ámbitos como el Plan Territorial Sectorial del Comercio (Patsecova), que aún se está tramitando, la conselleria también pretende introducir barreras al establecimiento de nuevas grandes superficies.

Así, se contempla la figura de las «áreas comercialmente saturadas», donde la Generalitat podría frenar nuevas licencias si detecta un exceso de emisiones contaminantes o colapso de los accesos. Igualmente, el Patsecova fija un tope de 120.000 metros cuadrados para nuevos macrocentros comerciales. Es decir, un tercio de la superficie comercial que prevé Puerto Mediterráneo.

En España, las tres experiencias conocidas hasta la fecha para este impuesto a grandes establecimientos comerciales (IGEC) varían dependiendo de la autonomía. En Asturias se grava solo a los centros comerciales de más de 4.000 metros. En Cataluña, a las grandes superficies de más de 2.500 metros cuadrados y en Aragón, a partir de 500 metros.

En la Comunitat Valenciana, de contemplarse, el impuesto se podría aplicar únicamente a grandes establecimientos a partir de 2.500 metros, que son los que requieren de licencia autonómica.

El visto bueno de la justicia europea al impuesto llega en un momento en que el gran comercio (todos los formatos, en realidad) se enfrentan al desafío que supone la competencia del comercio electrónico. De hecho, el Gobierno prepara ya un nuevo impuesto sobre las ventas de las grandes tecnológicas, como Amazon, para ayudar a financiar las pensiones.

En este sentido, la patronal de grandes superficies (Anged) que agrupa a empresas como El Corte Inglés, Carrefour o Media Markt, solicita a las comunidades «reconsiderar este tipo de tributos y avanzar hacia un marco regulatorio y fiscal moderno que no perjudique las tiendas físicas, el empleo y riqueza que estas generan en sus territorios», señala en un comunicado.

El impuesto «puede ser legal desde el punto de vista jurídico y, sin embargo, tener unos efectos extraordinariamente negativos sobre la competitividad y el empleo de las empresas afectadas». «Principalmente, porque grava en exclusiva a las compañías con grandes establecimientos comerciales, perjudicando gravemente su competitividad respecto de otros operadores, formatos y modelos comerciales. En especial, frente a las plataformas digitales, que no están sujetas a las mismas barreras operativas», añade.

Anged lleva más de 15 años en guerra contra este impuesto, que en su opinión atenta contra el libre establecimiento de empresa. Sus intentos han sido tumbados por el TSJ catalán, el Constitucional y la Comisión Europea. En 2014, sin embargo, Anged logró que la Comisión abriera la puerta a que pudiera ser considerado ayuda de Estado al excluir al pequeño comercio. El Tribunal Supremo, al que había recurrido Anged, elevó la cuestión a la justicia europea. Luxemburgo, sin embargo, acaba de rechazarlo.