El Tribunal Supremo tardará todavía unos días en arreglar el caos sembrado en el sector financiero con su decisión de derivar a la banca el pago del principal impuesto de las hipotecas y pararlo todo tan solo 24 horas después, amparándose en la «enorme repercusión económica y social», hasta revisar si esa es la doctrina a seguir a partir de ahora o se mantiene la anterior, que siga cargándose en el consumidor. Y es poco probable que lo consiga, que reconduzca la situación, sea cual sea la postura que adopte.

Nadie, ni juristas ni economistas ni notarios ni las organizaciones de consumidores ni siquiera las propias entidades tienen muy claro qué hay que hacer desde hoy cuando toque firmar un crédito para la compra de una vivienda o unos terrenos. Solo así se entiende la disparidad de opiniones de unos y otros estos últimos días, desde que el jueves se conoció el fallo de la Sección de lo Contencioso-Administrativo con el cambio de criterio respecto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Una sentencia histórica que abrió la caja de Pandora -los vientos desplomaron en 5.500 millones el valor bursátil de los seis bancos del Ibex- y un montón de interrogantes, multiplicados luego cuando el viernes el jefe de ese tribunal y de los otros seis integrados de la Sala Tercera del Supremo congeló el resto de recursos pendientes sobre el asunto y desveló que la sentencia se revisaría. No hay precedentes de una hipoteca jurídica de este calibre.

Un negocio millonario

El incomprensible entuerto pilla al mercado inmobiliario camino de la recuperación. Entre enero y julio en España se firmaron 282.400 hipotecas. Lo que tarde el Supremo en marcar jurisprudencia condicionará, sin duda, la evolución de los créditos. Pero también el coste.

Exprimir los préstamos en un escenario de tipo bajos

Hay cierta unanimidad entre los analistas acerca de las repercusiones en el precio de las hipotecas si finalmente el veredicto del Supremo ratifica que son los bancos los que deben pagar: serán más caras. El tipo del impuesto corresponde a las comunidades porque es un tributo transferido. En la Comunitat Valenciana es del 1,5%. En una hipoteca de 100.000 euros, el impuesto del 1,5 % es sobre 140.000 euros (al incluir los posibles gastos de intereses de demora) y la cifra a pagar ronda los 2.500 euros. La cuestión es si la banca, que tiene en las hipotecas su principal nicho de negocio en un momento de intereses por el suelo, podría repercutir con algún tipo de comisión esa carga ante la merma del poder adquisitivo de las familias.

La rotundidad de la sentencia y la anulación del reglamento

Si ya por sí el gesto del Supremo fue inédito, más llama la atención que se haga ante la contundencia de la sentencia que deriva los gastos a los bancos. Los seis magistrados de lo Contencioso-Administrativo -uno de ellos emitió un voto particular en contra- dedican buena parte de la resolución a justificar por qué modifican el criterio usado hasta ahora. Y mencionan expresamente la reciente sentencia de finales de febrero, en la que otra sección del Supremo, la Civil, dijo exactamente lo contrario. No les quedaba «duda alguna» de que «la única interesada» en elevar a públicas las escrituras de la hipoteca -el hecho que hay que pagar en el impuesto- es la entidad financiera para poder ejercer todos los derechos posibles, en referencia, por ejemplo, al desahucio.

Sorpresa por el fondo y por la forma

La cara que les quedó a la ministra portavoz, Isabel Celaá, y a la titular de Hacienda, María Jesús Montero, al enterarse en plena rueda de prensa del Consejo de Ministros del bandazo del Supremo ilustra a la perfección la incredulidad reinante entre abogados y banqueros en las últimas horas. El presidente de la Sala Tercera del tribunal esgrimió la necesidad de darle una vuelta al «giro radical en el criterio jurisprudencial» por el impacto económico. Los bancos españoles seguían desangrándose en el parqué tras las pérdidas acumuladas en la jornada anterior. Una vez conocida la paralización, el desplome se frenó. Lo que cuestionan expertos jurídicos es que esa repercusión -la cuenta de resultados del sector, en definitiva- pueda ser un motivo para que el Supremo se tumbe a sí mismo.

Un reintegro retroactivo que solo la banca negó

Antes de conocerse la rectificación, muy pocos dudaban de que tocaría devolver. Quedaba abierta la vía de las reclamaciones en las entidades, la judicial y ante las haciendas autonómicas. Había muchas dudas, eso sí, sobre la retroactividad, aunque la posición mayoritaria es que solo estarían prescritas las hipotecas vivas con más de cuatro años en la vía administrativa y las que se hubieran terminado de pagar hace más de cuatro años si el consumidor acudía al juzgado. En un comunicado conjunto, las dos patronales de la banca dejaron entrever que lo único que harían es asumir el pago a partir de ahora.

Otra vez ante el tribunal de la Unión Europea

Cualquiera que sea el perdedor en el conflicto acabará, seguramente, con un recurso en el Tribunal de Justicia de la UE. Es un viejo conocido de la banca española y de los impuestos del país. El organismo tumbó el viejo céntimo sanitario y allanó el camino de su devolución. Su participación en el conflicto de las cláusulas suelo puede dar pistas para lo que puede suceder con esta nueva batalla. Tras declararlas ilegales, el Supremo intentó frenar la devolución total, pero el tribunal comunitario le tiró de las orejas y acabó declarando la retroactividad total.