El Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón va a participar por segundo año consecutivo en la Feria Urbe Desarrollo que se celebra el próximo fin de semana con su propio estand. En su expositor dará a conocer todos los servicios que presta esta institución a los profesionales del sector, a los ciudadanos y a los propios colegiados.

Entre los servicios que se van a dar a conocer, destacan el Centro de Mediación Inmobiliario (Cemei) y el Tribunal de Arbitraje Inmobiliario (TAI), que son dos organismos que permiten resolver conflictos entre vecinos y propietarios sin llegar a los tribunales.

En esa línea, el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón José Sales afirma que con el CEMEI y el TAI se solucionan «conflictos vecinales mediante soluciones arbitrales o mediadas, evitando la judicialización de la convivencia en las comunidades de propietarios». La mediación y el arbitraje son soluciones alternativas a la vía judicial, y complementarias entre ellas. Pueden solicitarlas el colegio-administrador o el ciudadano. El Cemei, que depende del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón,está dirigido por Virginia Madrid del Toro y es un servicio alternativo a la res0lución judicial de conflictos entre vecinos.

El mediador es un apoyo para la ciudadanía y para el administrador de fincas -que ante un conflicto entre propietarios de una misma comunidad- recurre a un experto para que actúe de manera imparcial, facilitando a las partes en conflicto un espacio de diálogo y de gestión del conflicto de forma profesional y neutral. De este modo, se facilita que ellos mismos alcancen una solución adecuada y satisfactoria para todas las partes, encaminándose así a un ganar -ganar, frente al perder-ganar del litigio judicial. El Colegio cuenta con una comisión de mediadores formada por 35 colegiados que se adjudican los casos en un turno rotatorio.

Por su parte, el Tribunal de Arbitraje Inmobiliario (TAI), cuyo presidente es Sebastián Cucala Crespo, sirve para resolver conflictos entre vecinos y propietarios, en los que ambas partes se someten y aceptan la decisión del árbitro. En el TAI, un tercero imparcial y ajeno a la comunidad de propietarios, abre audiencia para las partes, para que aporten los medios de prueba que estimen oportunos y justifiquen sus actuaciones. «Luego dicta un laudo que resuelve la disputa o conflicto», explican fuentes de la institución.

Este laudo arbitral tiene el mismo alcance que una sentencia judicial a efectos de cumplimiento y es mucho más rápido y mucho menos costoso en términos económicos o humanos para los afectados. No en vano, un juicio suele tardar al menos 12 meses en desarrollarse mientras que un arbitraje se concreta y dictamina en 4.