El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica hoy la resolución del 8 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, por la que se da a conocer el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat que zanja la "discrepancias" competenciales en torno a la ley valenciana de horarios comerciales.

Gracias a este acuerdo, -alcanzado en comisión bilateral el pasado 19 de septiembre-, el Ejecutivo central desiste de su intención de recurrir la norma valenciana ante el Tribunal Constitucional (TC) y concluye que no "la controversia planteada" y que cabe "reproche constitucional alguno" a la Ley 3/2018, de 16 de febrero, de la Generalitat, por la cual se modifican los artículos 17, 18 y 22, y la disposición transitoria cuarta, de la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de la Generalidad, de comercio de la Comunitat Valenciana.

En aquella reunión, se acordaron "ligeras modificaciones de carácter técnico para clarificar matices, que no afectan al espíritu de la Ley", explicó en su momento el director general de Comercio, Natxo Costa, en declaraciones a Europa Press.

Además, se puso en valor el acuerdo sobre horarios comerciales que se alcanzó en diciembre del año pasado en el Observatorio de Comercio de la Comunitat con amplio apoyo del sector. Este acuerdo obligó a modificar algunos artículos de la Ley de Comercio de la Comunitat para establecer el nuevo régimen de festivos en los que los comercios podrán abrir sus puertas en los diferentes municipios valencianos. Les Corts aprobó esta reforma el pasado 14 de febrero.

En concreto, este pacto establece la apertura de 38 festivos en las cinco Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) de València y en la totalidad de la ciudad de Alicante, en el periodo comprendido entre el Domingo de Ramos y el domingo posterior al Lunes de Pascua y entre el 15 de junio y el 5 de enero. No obstante, habrá excepciones y el 24 de junio los comercios no abrirán en Alicante como tampoco lo harán el 19 de marzo y 15 de agosto en València.

En cambio, podrán abrir 40 días en el mismo periodo -en Semana Santa y entre el 15 de junio y el 5 de enero- las localidades que tienen una ZGAT todo el año como son Finestrat, Torrevieja, Alfàs del Pi, Benissa, Orihuela costa y Pilar de la Horadada costa (en Alicante) y Alborache en València, mientras que lo harán 28 días en Semana santa y entre el 15 de junio y 15 de septiembre las localidades que tienen declarada una ZGAT parcial como son Altea, Benidorm, Benicàssim, Santa Pola, Segorbe, Ondara o Calpe, entre otros.

El resto de municipios de la Comunitat que carecen de Zonas de Gran Afluencia Turística podrán abrir hasta once festivos que se decidirán en función de diferentes criterios: cuando haya acumulación de festivos; los primeros domingos de las rebajas (tras el 6 de enero y el primero de julio); el domingo de Ramos, el Viernes santo, el Jueves santo cuando sea festivo estatal o autonómico y el Domingo de Pascua; y los domingos entre el 26 de diciembre y el cinco de enero.

Precisamente, el DOGV publica también el acuerdo de la comisión bilateral en relación a las discrepancias manifestadas en torno a la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, conocida como ley de acompañamiento, en relación con el artículo 28 que modifica preceptos de la ley de 2011, ambas partes acuerdan regular más detalladamente la temporalidad de la ZGAT.

En virtud de este acuerdo se faculta al Consell para que en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de esta ley, redacte y apruebe un decreto legislativo con un texto refundido único en el que se regularicen, aclaren y armonicen las normas con rango legal vigentes en el ámbito autonómico valenciano en materia de comercio.

La redacción del artículo sobre zonas de gran afluencia turística señala que "pueden extenderse a todo el término municipal o una parte del núcleo urbano, fija para cada caso las condiciones de aplicación, incluyendo los períodos a los que se extiende".