El pleno del Consell ha aprobado esta mañana el decreto ley que regula la convivencia entre taxis y VTC, por el que la Comunitat Valenciana entrara a formar parte de las cinco autonomías que ya regulan el servicio que realizan empresas como Uber y Cabify.

Entre las cláusulas que ponen coto al servicio de movilidad, se establece la obligación de precontratar el servicio de VTC con 15 minutos de antelación y se prohíbe a Uber y Cabify recoger clientes en las vías públicas que no hayan solicitado el servicio previamente. Asimismo, se veta tanto el uso de herramientas de geolocalización para captar clientes como estacionar en la calle.

En rueda de prensa junto a la vicepresidenta Monica Oltra, la conselleria de Infraestructuras, María José Salvador ha explicado que el decreto ley llega tras la obtención de los informes favorables de la Abogacía de la Generalitat y será la diputación permanente de las Corts quien dé luz verde a su aplicación.

Se busca así "equilibrar" la prestación de servicios y garantizar un espacio de convivencia entre las 4690 licencias de taxi y las 367 de VTC que operan en València, y Salvador ha recordado que la conflictividad que ha habido en Barcelona no se ajusta a la realidad valenciana. En este sentido, ha subrayado que el decreto deja margen de maniobra a los ayuntamientos par que cada uno pueda adaptar la norma a su propia casuística.

Salvador ha añadido que deberá quedar constancia de la contratación de los servicios en un registro de comunicaciones, con excepción de los que se deban realizar de forma inmediata, como consecuencia de urgencias, emergencias y asistencia en carretera.

Los vehículos adscritos a las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor no podrán, en ningún caso, circular por las vías públicas en busca de clientela ni propiciar la captación de personas viajeras que no hubiesen contratado previamente el servicio.

Se considera captación de clientela la geolocalización, que permite a las personas usuarias ubicar con carácter previo la localización de estos servicios, y, por tanto, no se permite su utilización.

Tampoco se permite el estacionamiento en las vías públicas, debiendo estacionar en garajes o aparcamientos no ubicados en la propia vía pública, así como estacionar en lugares de concentración y generación de demanda de servicios de transporte como puertos, aeropuertos, estaciones de ferrocarril y de autobuses, centros comerciales y de ocio o instalaciones deportivas, entre otros.