El Tribunal Superior de Justicia de la C. Valenciana ha dado un varapalo notable a la Conselleria de Medio Ambiente, y por extensión a la Generalitat, a cuenta del rechazo con el que hace ya tres años tumbó el proyecto de megacentro comercial Puerto Mediterráneo.

El tribunal, en un fallo conocido ayer, anula la denegación del proyecto, y obliga a Medio Ambiente a volver a reunir a la Comisión de Evaluación Ambiental, que fue el órgano que tumbó esta inversión de 700 millones de euros, para emitir otra vez la memoria ambiental.

Este movimiento, en realidad, deja un escenario absolutamente imprevisible. El Consell de PSPV, Compromís y Podemos puede recurrir el fallo del tribunal, lo que volvería a dilatar aún la resolución del conflicto. Decidirá la Abogacía. Además, este fallo se refiere a la primera versión del proyecto. Se trataba del Puerto Mediterráneo original, con una edificabilidad de medio millón de m2 proyectado por una joint venture entre el operador español de centros comerciales Eurofund, y el británico Intu.

Tras aquel rechazo del 29 de septiembre de 2016, el promotor rehizo el diseño, con una menor dimensión y corrigiendo las irregularidades que motivaron un rechazo que, paradójicamente, hoy el TSJ valida. Intu ha vuelto a iniciar la tramitación de esta segunda versión, que también se presume larga. Los inversores, que tampoco pasan por un buen momento financiero (Intu está vendido activos en España), se pronunciarán en los próximos días.

Por ahora, lo que deja la sentencia es un cuestionamiento notable del comportamiento de la administración, dando munición a los promotores en sus quejas sobre inseguridad jurídica en la C. Valenciana. El rechazo llegó tras años de declaraciones de altos cargos de Compromís contra el proyecto y su modelo comercial.

La sentencia de la sección primera de lo contencioso es durísima contra la decisión que 2016 tomó la Comisión Ambiental liderada por Julià Àlvaro, que era el secretario autonómico de Medio Ambiente como cuota ecologista de Compromís. La conselleria sigue dirigida por Compromís, pero bajo el mando de Mireia Mollà, que es quien hereda el problema.

«Apreciamos que el informe ambiental no es consistente porque hace apreciaciones que no son estrictamente de su competencia, ya que han sido resueltas previamente por el Consell, en acuerdo previo», concluye los cuatro magistrados.

El fallo viene a decir que los miembros de la Comisión Ambiental no hicieron bien su trabajo, que no debió emitir un informe contrario y tumbar el proyecto, sino explicitar las medidas necesarias para paliar los impactos negativos para el medio ambiente que pudiera ocasionar el proyecto Puerto Mediterráneo, «como era su obligación en tanto que órgano ambiental», señala el fallo. Como si alguien hubiera tenido demasiada prisa en dar carpetazo al megacentro comercial.

De hecho, el TSJ pone deberes a este órgano: «Lo que debió hacer el órgano ambiental es imponer las condiciones necesarias para que la planificación sea viable», dice, y señala 16 puntos sobre los que el órgano deberá establecer «las condiciones necesarias para que el desarrollo sea sostenible».

Curiosamente, la sentencia tumba también dos aspectos que parecían los más solidos de la argumentación contra el proyecto: la distancia desde la carretera CV-35 hasta el ámbito de actuación, y la situación del barranco d'En Dolça.

Respecto al primer caso, el TSJ da la razón al promotor, que defendía la vigencia del II Plan de Carreteras de la C. Valenciana que permite planeamientos a 50 metros de la vía, y no a 100, como exigía un informe del área de Movilidad de la Generalitat. «La memoria ambiental no se ajusta a derecho», censura el fallo sobre este aspecto.

Respecto a la ubicación del barranco, que el promotor quería encauzar dentro de la zona de protección de la CV 35, los jueces no solo dan la razón a Intu ante el rechazo del órgano ambiental sino que sostienen que el informe del perito presentado por los demandantes, un catedrático de Ingeniería de Carreteras de la UPV, «se encuentra más fundamentado que aquellos informe autonómicos».

Si el texto es demoledor con Medio Ambiente, de alguna forma viene a 'salvar' a la exconsellera María José Salvador, que era la titular de la Conselleria de Infraestructuras y Territorio y, por tanto, la encargada de dirigir la tramitación. Ella firmó el 10 de octubre de 2016 la resolución administrativa que tumbó el proyecto: «La decisión de administración está fundada en la medida en que existe un informe determinante que la condiciona». No pudo hacer otra cosa que lo que hizo, aunque ese informe determinante ahora haya sido desmontado.