La guerra entre las empresas de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y la Conselleria de Economía va a ser una de las claves de la legislatura en materia económica. Con la reversión del servicio al sistema público fijado para 2022, las empresas concesionarias van a pelear por sus intereses en todas las instancias. Y, de momento, los tribunales les están dando la razón. En una sentencia dictada este 16 de enero, la sección quinta de la sala de lo Contencioso del TSJ ha vuelto a anular las tarifas de la ITV, lo que puede dar lugar una reclamación patrimonial a la Administración.

Es la segunda vez en tres años que la justicia enmienda la plana a la Administración por su gestión de los precios de la revisión del vehículo. En 2017, el tribunal ya tumbó el cuadro tarifario de 2014, que supuso una bajada notable de los precios. Hubo defecto de forma en el proceso realizado por los técnicos de la conselleria en tiempos de la presidencia de Alberto Fabra.

Este segundo varapalo, en este caso ya contra la conselleria de Rafa Climent, es consecuencia precisamente de aquello. Pese a la insistencia de las empresas de ITV, el Consell tardó dos años, hasta mayo pasado, en aplicar unas nuevas tarifas, como ordenaba la sentencia. «La Administración fue consciente durante un año que se estaban aplicación unas tarifas que eran contrarias a derecho, cuando no existía dificultad en su cambio, tan sólo publicar en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana», dice el fallo

Pero, finalmente, no se repusieron las anteriores, como se exigía, sino que la conselleria diseñó un nuevo cuadro tarifario que suponía una pequeña subida para los diésel y una bajada para los gasolina. Las empresas se revolvieron y presentaron un incidente de ejecución de sentencia. Y la justicia vuelve a darles la razón. Así, el fallo estima el incidente de nulidad presentado por varias de las empresas y determina que «se anulan las tarifas del citado acuerdo en materia de contaminantes y contaminación sonora».

Queda «acreditado que la finalidad» de ese acuerdo tarifario del Consell en mayo pasado «era eludir el cumplimiento de la sentencia», concluye la sala.

Ahora bien, resulta poco probable que, al menos a corto plazo, la conselleria haga caso al sentido de la sentencia y se vuelva a los precios previos a 2014, origen del conflicto. Y es que sobre este fallo cabe recurso de reposición ante la misma sala. Precisamente, uno de los jueces ha emitido un voto particular en que se muestra de acuerdo con la forma de proceder del Consell. Además, la conselleria, tal como hizo tras la sentencia de 2017, podría acudir al Supremo. De un modo u otro, las empresas vuelven a poner el contador en marcha, aumentando la reclamación patrimonial ante la administración (ya tienen en curso una de 80 millones) por cantidades no ingresadas, en virtud de tarifas más bajas de lo que deberían.