Las entidades bancarias insistieron ayer en que la cláusula del IRPH «era transparente» y aseguraron que no temen que se declare abusiva porque el índice hipotecario sustitutivo «es prácticamente idéntico». La asociación bancaria CECA y la Asociación Española de Banca (AEB) emitieron ayer un comunicado conjunto en el que defendieron que el TJUE «considera plenamente válida la utilización del índice IRPH para configurar el tipo de interés en los préstamos hipotecarios». Según las entidades bancarias, en el caso de que «algún juez pudiera considera que en un caso concreto la cláusula no fue transparente, el efecto sería la sustitución del IRPH cajas (o del IRPH bancos) por el IRPH entidades cuyo valor es prácticamente idéntico».

Sin embargo, la calificadora Moody's cree que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es negativa para la banca española ya que si bien no implica la hipótesis más negativa posible (como hubiera sido su anulación) expone a las entidades a mayores riesgos legales. Moody's considera que la sustitución del IRPH por un índice de referencia más bajo sería positivo para los consumidores ya que la reducción de las cuotas facilitaría a los deudores cumplir con los pagos.

Por otro lado, desde el bufete Varona Legal incidieron en que la acción de nulidad de las cláusulas abusivas es imprescriptible por lo que no hay límite de plazo para presentar una demanda contra el banco. «La puede presentar cualquier persona que tenga o haya tenido una hipoteca a la que se haya aplicado el IRPH», precisaron desde el despacho valenciano.

En el caso de que el IRPH de un contrato hipotecario sea declarado abusivo por un juez valenciano, el tribunal europeo avala que el juez pueda sustituirlo por otro índice como el euríbor «siempre que el contrato de préstamo hipotecario no pudiera subsistir tras la supresión de la cláusula abusiva y que la anulación del contrato en su totalidad dejara al consumidor expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales».