El Consejo de Ministros aprobó ayer aprobado un Real Decreto-Ley de medidas urgentes que amplía los tipos de entidades financieras que pueden solicitar su transformación en bancos, incluyendo a sociedades de valores, entidades de pago y entidades de dinero electrónico. Estas entidades se suman a las que ya estaban consideradas para la solicitud de la licencia de bancos hasta ahora como son las cooperativas de crédito y los establecimientos financieros de crédito, según explicó la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Esta medida está en línea con otros Estados miembros de la Unión Europea y el Gobierno prevé que «mejore la competitividad de la economía española».

El Banco de España y el Banco Central Europeo (BCE) colaboran para el procedimiento de autorización de entidades de crédito, siendo el BCE el que toma la decisión. La Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la citada Ley, recogen el régimen normativo aplicable tanto a bancos como a cajas de ahorros y cooperativas de crédito.

Sareb

El Real Decreto-Ley de medidas urgentes también permitirá que la Sareb, el antiguo banco malo, continúe con sus funciones con normalidad hasta el fin de su mandato, en 2027, «contribuyendo a la maximización del valor de la venta de la cartera de activos que recibió en 2012».

«Era preciso adaptar su régimen jurídico a las causas de disolución previstas con carácter general para las sociedades», explicó la ministra de Hacienda en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.