El consejo de administración de la Autoridad Portuaria de València (APV) concedió ayer un plazo de tiempo de cuatro meses más a la multinacional TIL-MSC (hasta el 4 de enero de 2021) para que analice los cambios en el anteproyecto de construcción y explotación de la nueva terminal de contenedores en la ampliación norte del recinto del Grao. La nueva infraestructura propuesta por la APV a la citada multinacional, antes de proceder a la adjudicación y tras posteriores análisis técnicos para reducir su impacto sobre el territorio, renuncia a prolongar en 500 metros la extensión del dique de abrigo mientras que el dragado del canal marítimo de acceso para los buques quedará en 18,5 metros, frente a los casi 22 metros calculados inicialmente.

TIL-MSC tendrá ahora que pronunciarse sobre esa modificación sustancial de la obra planificada por Valenciaport y que quiere acabar en 2026 o 2027 para poder albergar un muelle con capacidad para otros 5 millones de contenedores en 136 hectáreas de superficie. El presidente de la Autoridad Portuaria de València (APV), Aurelio Martínez, reconoció al término del consejo que la demora en el otorgamiento de dicha concesión es «un nuevo retraso más aunque no pasa nada. Ya nos dijo la compañía el pasado mes de julio que quería estudiar las modificaciones del dique de abrigo y del canal de acceso». En su opinión, «todo seguirá igual» en el proceso de ampliación del puerto. Terminal Investment Limited (TIL), que presentó una oferta para una concesión a 50 años y prevé una inversión de 1.021 millones de euros.

Ese plazo de cuatro meses es el que ha pedido Mediterranean Shipping Company. También Puertos del Estado, organismo dependiente del Ministerio de Transporte y Movilidad, requiere ahora nueva documentación para dar el visto bueno al proyecto de ampliación y decidir si hay que solicitar o no otra evaluación ambiental. «La prórroga de TIL-MSC es por cuestiones técnicas y no se está cuestionando su ambicioso proyecto en el Puerto de València. Además, el proyecto constructivo de la Autoridad Portuaria no estaba previsto estar acabado hasta principios de 2021», puntualizó el director general de Valenciaport, Francesc Sánchez.

Respecto a la posibilidad de solicitar una nueva Declaración de Impacto Ambiental (diferente a la de 2007), tal como reclaman partidos como Compromís y Unidas-Podemos así como diversos colectivos vecinales y ecologistas, Martínez aseguró que no contempla ese escenario ni tiene un ‘Plan B’ en el Puerto de València. «¡Dios dirá!», ironizó. Puertos del Estado «está trabajando de forma acelerada» y reclama a la APV «información casi todos los días», reveló el dirigente de Valenciaport .

El consejo de administración también analizó el impacto del accidente en la actual terminal de MSC. Este tuvo lugar el pasado 13 de septiembre en sus instalaciones y un estibador resultó gravemente herido cuando un buque derribó una grúa en la que trabajaba, lo que ha provocado serios daños en unos 100 metros de la terminal y cuantiosos costes económicos. El siniestro está provocando la caída de los contenedores de tránsitos (los que trae un barco y carga otro sin salir de los muelles), estimados en unos 25.000 al mes, según Martínez. Teniendo en cuenta que los trabajos de reparación podrían durar entre dos y tres meses, al final podrían verse afectados unos 75.000 contenedores hasta final de año.

Los citados daños repercuten en el 25 % del espacio de la terminal de la naviera. Esta estudia traer una nueva grúa (están valoradas en unos 10 millones de euros) que tardaría varios meses en instalarse. La comisión nacional de Organización Marítima Internacional ha abierto una investigación para ver qué ha sucedido y se personará en el Puerto de València para realizar un informe.

En cuanto a la terminal de pasajeros, para la que Baleària presentó la única oferta, Martínez indicó que los técnicos están estudiando su propuesta. La APV mantiene reuniones con el Ayuntamiento de València para coordinar las opciones de accesibilidad y el encaje con las conexiones viarias de la ciudad.

El tribunal de la UE considera ilegales las ayudas del Gobierno de España a los astilleros

El Tribunal General de la Unión Europea ha dado la razón a la Comisión Europea y desestima los recursos presentados por los astilleros españoles en relación con las ventajas fiscales al sector naval. De esta forma, España recuperará esas ayudas de Estado entregadas entre 2007 y 2011. La Comisión consideró ayudas de Estado ilegales parcialmente incompatibles con el mercado interior un sistema que permitía a las empresas navieras adquirir buques construidos por astilleros españoles con descuentos de entre un 20% y un 30%.


El asunto se remonta a 2013, cuando el entonces comisario de Competencia, Joaquín Almunia, pidió a las autoridades españolas que recuperaran las ayudas ilegales concedidas. El Ministerio de Hacienda, capitaneado entonces por Cristóbal Montoro, calculó que las ayudas concedidas bajo este sistema fiscal y que debían ser recuperadas ascendían a 126 millones de euros.


Entre los astilleros ubicados en España, en su mayoría en el País Vasco y Galicia, también se vio beneficiado el de Unión Naval València, empresa ya extinguida y perteneciente al Grupo Boluda. Esta planta de astilleros ubicada en el recinto del Grao -donde está previsto instalar ahora la nueva terminal de pasajeros y cruceros de Baleària- fue una más de aquellas que recibió ayudas a través del llamado sistema de tax lease, subsidios declarados incompatibles con la legislación europea y que permitían comprar embarcaciones en España en condiciones económicas muy ventajosas e inferiores a los precios de mercado. Boluda fabricó más de una veintena de remolcadores en estos ejercicios, tanto para su flota propia como para otros navieros. Sus últimas entregas fueron para Israel y el puerto de Amberes (Bélgica)


El caso llegó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, máxima instancia de la UE, que en 2018 anuló a su vez el fallo del Tribunal General que daba la razón a España. Sin juzgar el fondo del asunto, pidió a este tribunal que volviera a examinar el litigio iniciado en 2006.


En su nueva sentencia, el Tribunal General señala que ha observado que el beneficio del régimen fiscal en cuestión estaba basado en «criterios vagos» que requerían una interpretación que podía llevarse a cabo sin quedar sujeta a ninguna directriz. Esto permitía dar a los beneficiarios un trato más favorable que el deparado a otros sujetos pasivos que se encontraban en una situación fáctica y jurídica comparable.