El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia ha decretado el embargo provisional de la sociedad Iveco Spa, tal y como solicitó el despacho Counsel Partners. Con esta medida, el despacho asegura a su cliente que Iveco afronta el pago de los cerca de 5.000€ de indemnización por haber sido afectado por el amaño en los precios al que llegaron una serie de fabricantes en lo que se conoce como el cartel de los camiones. En concreto, la cuantía en cuestión ascienda a 3.756,35 euros, en concepto de principal, más otros 1.126,90 euros presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación, cuando la sentencia sea definitiva.

Ignacio Romera, socio de Counsel Partners, se mostró muy satisfecho “por haber conseguido hacer justicia contra una compañía que no ha dudado en engañar a sus clientes acordando precios a costa de un camionero que sólo tiene su trabajo”.

Counsel Partners se ha destacado en la lucha contra el cartel de los camiones y cuenta también en su haber con varias Sentencias condenatorias contra MAN e Iveco, además de casos abiertos contra Daimler, DAF, Volvo y Renault.

Aún hay tiempo para demandar

Como recuerda Ignacio Romera, los camioneros que hayan sido estafados en la compra de sus vehículos están aún a tiempo de demandar y conseguir la devolución de su dinero.

La Unión Europea confirmó la existencia del conocido cártel de los camiones, por el que una serie de fabricantes de este tipo de vehículos acordó precios y cobró sobreprecios a los clientes. Según las autoridades europeas, las empresas implicadas en el delito fueron MAN, Daimler, Iveco, Volvo/Renault, y DAF.

Cártel empresarial denunciado por Unión Europea

Según relató la Unión Europea, la infracción llevada a cabo por estas empresas “consistió́ en acuerdos colusorios sobre la fijación de precios y los incrementos de los precios brutos de los camiones en el Espacio Económico Europeo; y el calendario y la repercusión de los costes para la introducción de tecnologías de emisiones en el caso de los camiones medios y pesados exigida por las normas EURO 3 a 6. Estos acuerdos colusorios incluyeron acuerdos o prácticas concertadas sobre la fijación de precios y los aumentos de precios brutos con el fin de alinear los precios brutos en el Espacio Económico Europeo y el calendario y la repercusión de costes para la introducción de las tecnologías de emisiones exigida por las normas EURO 3 a 6”.

La infracción abarcó la totalidad del Espacio Económico Europeo y duró desde el 17 de enero de 1997 hasta el 18 de enero de 2011.