El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia con la que considera que ha terminado de fijar su criterio sobre los efectos económicos de la declaración de nulidad de la cláusula de gastos de los préstamos hipotecarios entre bancos y consumidores. En el fallo, divulgado ayer, fija que los de la tasación corresponden al banco y no al consumidor, salvo que el contrato de crédito inmobiliario sea posterior a la ley que el Gobierno de Pedro Sánchez promulgó en 2019, poco después de que la Sala de lo Contencioso del alto tribunal declarara que fuera el cliente quien se hiciera cargo de los impuestos hipotecarios. Esa norma corrigió al Supremo en lo relativo a los impuestos, pero atribuía otros gastos, como los de la tasación, al usuario.

Con esta última sentencia, el Supremo establece que los consumidores que firmaron su hipoteca antes de la entrada en vigor de esa ley tienen derecho a que se les restituyan todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como la mitad de los gastos notariales. Solo el impuesto sobre actos jurídicos documentados, en el que las normas tributarias declaran que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores, conforme se declaró en lo Contencioso.

El pleno de lo Civil revisa una sentencia de la Audiencia de Cáceres en relación con un préstamo hipotecario suscrito con Liberbank en 2014. Según lo que se declaraba que corría por cuenta del prestatario, este pagó 609 euros de gastos notariales, 226 por la inscripción registral, 1.953 del impuesto de actos jurídicos documentados, 296 por la tasación del inmueble y 508 por gastos de gestoría. La Audiencia ordenó que se le devolvieran al cliente y ahora el Supremo confirma que así sea, salvo con los notariales, que deben pagarse a medias.

Siete años

La presidenta de la asociación de consumidores Asufin, Patricia Suárez, celebra la decisión del tribunal, si bien lamenta que «hayan tenido que pasar 7 años para que el cliente recupere su dinero y sólo vaya a recuperar las costas de primera instancia».

Desde Asufin hacen un llamamiento para que las entidades financieras devuelvan estos importes a sus clientes sin tener que acudir a los tribunales ya que «son procedimientos que suponen un alto coste tanto para los consumidores como para los contribuyentes»