La sala de lo social de la Audiencia Nacional desestimó la demanda presentada por UGT contra Glovo y dos directivos de la plataforma de reparto por vulneración de la libertad sindical durante las reuniones mantenidas con los repartidores a finales de 2020 al considerar que «no se aprecia ninguna actuación calificable de antisindical» en su conducta.

UGT presentó una demanda tras considerar que las reuniones telemáticas de noviembre de 2020 entre el cofundador de Glovo, Sacha Michaud, y el responsable de asuntos públicos de la firma, Miguel Ferrer, con unos 400 repartidores, tuvieron lugar en el momento en que ya había un pronunciamiento del Tribunal Supremo en favor de la laboralidad de los repartidores, cuando estaba abierto el diálogo social y antes de que se dictara el decreto ley que ha fijado la presunción de laboralidad de este colectivo.

La plataforma, representada por el abogado Ricardo Oleart, reconoció la existencia de estas asambleas que tenían como finalidad informar sobre los debates existentes y, en ejercicio de su libertad, dar su opinión al respecto y negó manifestaciones contra ningún sindicato. La Sala explica que ninguna norma legal impide estas reuniones.