Europa tumba la limitación de licencias de VTC que benefician al taxi en la C. Valenciana

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se opone a la legislación nacional, que limita el ratio de autorización de cada licencia de VTC a 30 de taxi, y rechaza considerar a este último un servicio de interés general por criterio económico

Un VTC en València antes de la limitación del año 2019.

Un VTC en València antes de la limitación del año 2019. / GERMAN CABALLERO

Golpe desde Europa a la posición del taxi en España y la Comunitat Valenciana. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha abierto esta mañana la puerta a que territorios como el valenciano deban tumbar las limitaciones de licencias a los vehículos con conductor (VTC) que benefician al servicio del taxi tal cual están previstas ahora. En concreto, la sentencia señala que el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi, en contra de lo que establece la legislación nacional desde el año 2018, que permite una licencia de VTC por cada 30 de taxis, "no puede constituir una razón imperiosa de interés general". O lo que es lo mismo, que este último servicio no debe contar con una situación preeminente respecto a las VTC si es por motivo "puramente económico".

La resolución responde a un proceso judicial planteado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre la situación en el área metropolitana de Barcelona. La respuesta del TJUE, sin embargo, abarca al total de la legislación española sobre la materia, de la que emanan la de la capital catalana y la de otros territorios como el valenciano.

Y es que el pronunciamiento esta mañana del tribunal con sede en Luxemburgo sigue así la línea perfilada por el abogado general de la Unión Europea (UE), Maciej Szpunar, a finales del pasado año, asegurando en su fallo que se pueden adoptar limitaciones a las autorizaciones de licencias de VTC si con eso se garantiza el interés general. Eso sí, con un matiz diferente al económico. "Los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como la protección del medio ambiente, pueden constituir razones imperiosas de interés general", se enfatiza al respecto en la sentencia.

Con este marco, el TJUE considera que la regla de limitación de 1 VTC/30 Taxis -en el caso barcelonés, aunque el ratio se recoge en la ley estatal- resulta contraria al artículo 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea "va más allá de lo necesario para alcanzar esos objetivos". Eso sí se muestra a favor de que se exija una "autorización específica" más allá de la nacional a plataformas como Úber y Cabify para estas concesiones de licencias a las VTC siempre que se base "en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano" en línea con esa gestión correcta del transporte, el tráfico y el medioambiente.

Un VTC por el centro de València, en una imagen de archivo.

Un VTC por el centro de València, en una imagen de archivo. / Manuel Bruque/EFE

Modificaciones autonómicas

Por ello, y aunque la sentencia contra la situación en Barcelona no implica una aplicación automática en otros territorios, sí que abre la puerta a que tanto el Gobierno central como autonomías que han regulado esta situación en esa línea -como la valenciana- puedan tener que afrontar en los próximos meses una remodelación de sus normativas si no se corresponden con esos criterios de transporte, tráfico o medio ambiente.

Es lo que perciben, más allá del asunto de las licencias, las patronales del sector VTC a nivel nacional y también preguntado por este diario el presidente de la Asociación Profesional de la Movilidad (Movea) en la Comunitat Valenciana, Ricardo González, que señala que el decreto-ley valenciano que data de 2019 "no tiene encaje" con lo que asegura la sentencia al establecer, afirma, limitaciones entre otras como la contratación del servicio de VTC al menos con una antelación de quince minutos o prohíbe el estacionamiento de sus vehículos en lugares de concentración y generación de demanda.

Postura del taxi

Sin embargo, tanto para Fernando del Molino -presidente de la Federación Sindical de Taxi de Valencia- como para Ismael Arráez -presidente de de la Asociación Gremial del Taxi de Valencia- en esta sentencia esas limitaciones "no estaban en juego". "Entendemos que no tiene nada que ver, solo se habla de las licencias y de la autorización para realizar servicios urbanos", añade del Molino.

Respecto al fallo, el mismo dirigente remarca que aunque en principio es "negativo para nosotros, luego te pones a leer la letra pequeña y lo que dice es que las administraciones tienen que justificar esa norma" en base a los criterios de transporte, tráfico o de contaminación y que sí se pueden llevar a cabo, justificadas, esas restricciones de licencias. Es la misma línea que percibe Arráez, que por su parte pide «voluntad política» para explorar ahora nuevas limitaciones y considera que el TJUE está juzgando «lo que ellos conocen» y no tanto la situación española.

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