ZONA LOGÍSTICA
El Supremo admite otro recurso del colectivo Per l'Horta contra la ZAL del puerto de València
El conflicto se remonta al plan especial del Consell de 2018 para legalizar la urbanización del recinto logístico

Zona de Actividades Logística del puerto de València, en una imagen de archivo. / M.A. Montesinos

Nuevo recurso contra el plan especial de la Zona de Actividades Logísticas (ZAL) del puerto de València. El colectivo ciudadano Per l’Horta, que lleva más de veinte años denunciando la transformación de tierras clasificadas como huerta protegida y que fueron expropiadas y urbanizadas en La Punta, ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de vía libre a una nueva revisión por el Tribunal Supremo del Plan Especial que hizo posible la ZAL del recinto del Grao.
En un nuevo auto, el TSJCV ha notificado al colectivo Per l’Horta la admisión a trámite de su recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Este recurso se presenta frente a la reciente sentencia del propio TSJCV que el treinta de septiembre pasado desestimaba el recurso contencioso-administrativo de la asociación contra el Plan Especial de 2018 que pretendía legalizar a posteriori "las actuaciones ilegales realizadas por el Puerto de Valencia en suelo no urbanizable de especial protección agrícola", según este colectivo.
Conflicto social
El conflicto social y jurídico de la ZAL se remonta al convenio de cooperación suscrito entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat y el Ayuntamiento de València en octubre de 1997 para promover el desarrollo de la ZAL del Puerto de Valencia. Dicho desarrollo se planteó sobre suelo que figuraba en el Plan General como “suelo no urbanizable de especial protección agrícola”. Es por esto que dicho Plan Especial fue recurrido por la Asociación Vecinal La Unificadora y por el colectivo Per l’Horta. De dicho acuerdo nacieron sucesivas versiones del Plan Especial que ya fueron anuladas por el Tribunal Supremo en dos ocasiones, en 2009 y 2015. La tercera versión de ese Plan, aprobada por Resolución de 17 de diciembre de 2018 de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, es la que sigue estando en disputa ante los tribunales.
La asociación Per l’Horta, según explica a través de un comunicado, considera que, en la última sentencia del Tribunal Supremo de 30 de octubre de 2024, que vino a validar esa tercera versión del Plan Especial apoyándose en el tiempo transcurrido y la existencia de obras ejecutadas supuestamente irreversibles, se podría haber producido indefensión por la ausencia total de una mínima valoración y ponderación de los informes periciales aportados como prueba por los recurrentes, lo que podría abrir la vía para un posterior recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.
Medio Ambiente
Los recurrentes alegan también la "infracción de normativa europea, en concreto de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, por inadecuado cumplimiento de la obligación de la administración de garantizar la participación real y efectiva del público en la toma de decisiones en materia de medio ambiente". Así como la vulneración de "preceptos concretos del Convenio de Aarhus de 1998, expresamente ratificado por la Unión Europea y que tuvo su transposición al derecho español por ley de 2006".
Por otra parte, Per l’Horta se opone a que actuaciones de transformación y urbanización declaradas ilegales se puedan consolidar por el paso del tiempo, más cuando han sido promovidas por las mismas administraciones que tienen el deber de velar por la legalidad urbanística. “Impugnamos por gravemente dañosa para los intereses generales la construcción de una doctrina que consolide la denominada “fuerza normativa de lo fáctico” y asuma cualquier situación material, con independencia de la legalidad y procedimiento seguido para producir una nueva realidad, otorgándole naturaleza urbanística por espurio que fuese su origen” afirman desde la asociación en el escrito de preparación de la casación que ha sido admitido a trámite por el TSJ.
En obras
El grupo empresarial de la naviera MSC ha obtenido la licencia del Ayuntamiento de València para la construcción de su nueva plataforma logística en este emplazamiento colindante al recinto del Grao. Esta nueva instalación, que supondrá una inversión de más de 30 millones de euros, abarcará una superficie de más de 25.000 m2 dentro de una manzana de 39.600 m2. La plataforma logística de MSC estará especialmente dedicada al almacenamiento de productos alimenticios.
El consejo de administración de València Plataforma Intermodal y Logística (VPI Logística) -compañía controlada por la Autoridad Portuaria de València (APV)- aprobó el pasado mes de junio de 2025 por unanimidad la adjudicación de un derecho de superficie sobre tres nuevas parcelas situadas en la Zona de Actividades Logísticas (ZAL), ubicada en un emplazamiento colindante al recinto del Grao. En concreto, se han adjudicado las manzanas F2, G2 y A3 a Nederval, Maltransinter y Transitalia 2004, respectivamente.
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