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Así es la nueva ayuda para los afectados por los incendios: requisitos para solicitarla y cuánto cobrarán

El Consejo de Ministros da luz verde a una nueva ayuda extraordinaria que tendrá carácter retroactivo desde el 23 de julio.

Última hora del incendio forestal de la Vall d'Uixó

Los vecinos de Alfondeguilla evacuados por el incendio de la Vall d'Uixó continúan alojados en Moncofa

Los vecinos de Alfondeguilla evacuados por el incendio de la Vall d'Uixó continúan alojados en Moncofa / Daniel Tortajada

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El Gobierno ha aprobado hoy martes 28 de julio una nueva ayuda extraordinaria destinada a todos los trabajadores afectados por los incendios que están arrasando gran parte de la Península. El Consejo de Minstros celebrado hoy ha dado luz verde al Real Decreto Ley que permite la adopción de medidas laborales, extraordinarias y urgentes para personas trabajadoras afectadas por los fuegos y que hayan requerido medidas restrictivas, como evacuaciones, confinamientos o limitación de la movilidad por parte de las autoridades.

Esta nueva prestación extraordinaria por emergencia extrema será de carácter contributivo y podrán acceder a ella los trabajadores que no puedan desempeñar su actividad por causas directamente relacionadas con los incendios. Entre estos supuestos se encuentran la imposibilidad de acceder a la vivienda habitual por órdenes de evacuación o confinamiento, la necesidad de realizar labores de limpieza, traslado o recuperación, la realización presencial de trámites administrativos derivados de la emergencia o la atención a familiares afectados.

Cabe tener en cuenta que también se amplía el permiso retribuido por fallecimiento cuando la muerte esté relacionada con los incendios forestales, que pasará a ser de hasta cinco días hábiles posteriores al sepelio. El Real Decreto-Ley también refuerza la protección de los trabajadores frente a posibles represalias. El Ministerio de Trabajo deja claro que cualquier medida desfavorable adoptada por la empresa como consecuencia del ejercicio de estos derechos será considerada nula.

¿Quién puede acceder a las nuevas prestaciones?

Los requisitos para acceder a las nuevas ayudas del SEPE son los siguientes:

  • No puedan acceder a su vivienda habitual por evacuaciones, restricciones de acceso o medidas de emergencia que les impidan acudir a su puesto de trabajo y siempre que no sea posible el teletrabajo.
  • Necesiten realizar tareas de limpieza, traslado, reconstrucción o recuperación de efectos personales tras el incendio, así como efectuar trámites administrativos presenciales relacionados con la emergencia.
  • Deban atender responsabilidades de cuidado de familiares de hasta segundo grado o personas convivientes afectadas por los incendios, incluido el cuidado de menores cuando los centros educativos permanezcan cerrados.

¿Cuánto dinero se cobrará con la ayuda por los incendios?

Uno de los aspectos más destacados de esta ayuda es que no será necesario acreditar un periodo mínimo de cotización para poder acceder a ella. La cuantía será equivalente al 70 % de la base reguladora, el mismo porcentaje que se aplica durante los primeros meses de la prestación por desempleo, y podrá percibirse durante un máximo de cuatro meses. Además, el tiempo durante el que se cobre esta prestación no consumirá las cotizaciones acumuladas, por lo que los trabajadores mantendrán intactos sus derechos para futuras prestaciones por desempleo.

Aunque el drecreto se ha aprobado hoy y entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las medidas tendrán efectos retroactivos desde el 23 de julio de 2026. Además, el Ministerio de Trabajo ha aclarado que podrán acogerse tanto trabajadores como empresas afectadas por incendios forestales hasta que finalice la campaña anual de alto riesgo de incendios de 2026 y que estas medidas seguirán aplicándose mientras persistan las consecuencias de la emergencia, incluso cuando los incendios ya hayan sido extinguidos.

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