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SOCIEDAD

Ya es oficial: los jubilados nacidos entre 1960 y 1970 podrán solicitar hasta el 100% de su pensión a partir de 2027

El sistema español de pensiones introduce cambios progresivos que permitirán a una generación específica cobrar el importe íntegro de su prestación en los próximos años

Una imagen de Elma Saiz, Ministra

Una imagen de Elma Saiz, Ministra / Cesar Vallejo Rodriguez / Europa Press

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Andrea Riera

La jubilación en España siempre está en el punto de mira, especialmente por los cambios que se introducen en la normativa. Actualmente, los nacidos entre 1960 y 1970 podrán acceder al 100 % de su pensión a partir de 2027, siempre que cumplan los requisitos de cotización exigidos por la Seguridad Social.

Es una situación que no es nada nueva, debido a que el sistema de pensiones se ha ido regulando porque la sociedad vive más, pero hay menos trabajadores activos, por lo que se han ido cambiando las edades de jubilación, las condiciones y también la forma de calcular la pensión para intentar mantener el equilibrio.

En 2026 la edad ordinaria está fijada en 66 años y 10 meses, aunque todavía se puede jubilar uno a los 65 si se han cotizado al menos 38 años y 3 meses. En 2027 la edad subirá hasta los 67 años, aunque seguirá existiendo esa excepción para quienes tengan carreras largas de cotización.

En el caso de los nacidos entre 1960 y 1970, a partir de 2027, podrán cobrar el 100% de la pensión si llegan a los años cotizados necesarios, que rondan los 38 años y 6 meses. En la práctica, eso significa que quienes hayan trabajado la mayor parte de su vida no tendrían recortes en su pensión.

Eso sí, una cosa es llegar al 100% y otra distinta cobrar la pensión máxima, porque la cuantía final depende de varios factores como la base reguladora o los límites que se aplican cada año. También cambia la forma de calcularla, ya que se puede usar como referencia los últimos 25 años cotizados o ampliar el periodo a 29 años quitando los peores para ajustar mejor el resultado.

Imagen de una jubilada

Imagen de una jubilada / j

También está la jubilación anticipada, que sigue siendo una opción bastante común. En la modalidad voluntaria se puede acceder hasta dos años antes de la edad ordinaria, siempre que se tengan al menos 35 años cotizados, aunque hay que tener en cuenta que la pensión se reduce de forma permanente según los meses que se adelante.

En la jubilación anticipada involuntaria se puede llegar incluso a los 61 años, pero solo en casos muy concretos como despidos, ERE o cierres de empresa. Aquí no basta solo con la edad, también se exigen requisitos de cotización y un tiempo mínimo en situación de desempleo.

Y luego están las distintas formas que completan el sistema, como la jubilación parcial, que permite trabajar y cobrar parte de la pensión al mismo tiempo, la jubilación activa, que deja seguir trabajando mientras se cobra una parte de la prestación, o la jubilación flexible, que permite volver a trabajar tras haberse jubilado.

Por último está la jubilación demorada, que es justo lo contrario a todo lo demás. Si decides seguir trabajando más allá de la edad ordinaria, la pensión sube un 4% por cada año extra, algo que hace que mucha gente acabe retrasando su salida para mejorar la cuantía final.

Fuente: Sport

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