Aviso de la Seguridad Social sobre las bajas laborales: el cambio en las notificaciones que entra en vigor hoy
La forma de comunicación entre las personas que estén de baja y el INSS cambia desde este 1 de septiembre

Septiembre arranca con un importante cambio en la Seguridad Social y su forma de comunicación con las personas que están de baja. A partir de este 1 de septiembre, las personas que soliciten o sean beneficiarias de una prestación por incapacidad temporal o permanente dejarán de recibir las notificaciones y comunicaciones por carta y pasará a ser todo por vía electrónica.
El cambio, aprobada por el Gobierno en su nueva regulación y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica las reglas que regulan las notificaciones electrónicas de la Administración. Hasta ahora, determinados trámites podían comunicarse mediante correo postal, pero con la nueva normativa, los trabajadores que se encuentran en una incapacidad temporal o permanente deberán consultar las comunicaciones en su sede electrónica.
¿Quiénes sufrirán la modificación de la Seguridad Social?
La modificación afecta a las personas físicas que sean solicitantes o perceptoras de una prestación por incapacidad temporal y también a aquellas cuya comunicación esté relacionada con una incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes.
La Administración justifica el cambio por la generalización del uso de dispositivos electrónicos entre las personas que están incorporadas al mercado laboral y profesional. El objetivo es agilizar los trámites y reducir los tiempos de espera asociados a las comunicaciones por correo postal.
¿Cómo recibirán las notificaciones de la Seguridad Social a partir de septiembre?
La Seguridad Social utilizará los datos de contacto que tenga registrados para avisar al interesado de que tiene una nueva comunicación disponible. El aviso podrá llegar mediante SMS o correo electrónico, pero es importante tener en cuenta que ese mensaje no es la notificación oficial, ya que el documento con efectos legales estará disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
Por este motivo, es especialmente importante que los trabajadores tengan actualizados su número de teléfono y dirección de correo electrónico en los registros de la Seguridad Social. Si no existen datos de contacto electrónico, la propia normativa contempla que la comunicación pueda realizarse por medios no electrónicos y que se informe al interesado de cómo facilitar un dispositivo para recibir futuros avisos.
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