El BOE ha publicado la Orden Ministerial SND/370/2020, del Ministerio de Sanidad, sobre las condiciones en que deben desarrollarse los desplazamientos de los niños menores de 14 años durante el Estado de Alarma por la Covid-19.

El Gobierno admite la propuesta de los Administradores de Fincas colegiados para que no sean las comunidades de propietarios las que regulen el uso de las zonas comunes por parte de los niños y niñas menores de catorce años, tras las peticiones realizadas al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2020, y consideran que la decisión tomada por las autoridades sanitarias es la más acertada.

La Orden Ministerial establece que los menores podrán dar un paseo diario en vías o espacios de uso público manteniendo la distancia de seguridad. Como máximo será de 1 hora de duración entre las 9:00 y 21:00 horas y hasta 1 Km. de distancia de su hogar y grupos formados por un adulto responsable y hasta tres menores de 14 años.