Si en 2003 el ayuntamiento de Palma hubiera hecho caso a dos de sus arquitectos ahora no se vería abocado a tener que hacer frente a una posible indemnización por el exceso de volumen permitido en la finca en la que tiene un piso el president balear, José Ramón Bauzá. En junio de 2003 el arquitecto jefe del servicio de Control de Planeamiento, Antonio Llamas, y la arquitecta interina María Antònia Aguiló Segura, informaron desfavorablemente sobre la nueva ordenación volumétrica presentada por los promotores del inmueble.

Este escrito no obtuvo el visto bueno del arquitecto jefe el Área de Ordenación Urbanística del ayuntamiento de Palma, que entonces era Gabriel Vidal Arcas. No obstante, este mismo funcionario, apenas 20 días después, el 19 de agosto de 2003, firmó en solitario un escrito dirigido al jefe de la oficina administrativa de la Gerencia en el que se informó favorablemente los cambios propuestos por los promotores.

Es este último informe el que permitió a la Gerencia la aprobación del Estudio de Detalle y la nueva ordenación volumétrica de la finca, que ha sido recientemente anulado por el Tribunal Supremo, utilizando el Alto Tribunal prácticamente los mismos argumentos que los dos arquitectos municipales a los que en su día no se les hizo caso. Por el contrario, en pleno mes de agosto, el funcionario que enmendó la plana a sus compañeros, Gabriel Vidal Arcas, informaba que el Estudio de Detalle no suponía un aumento de la altura máxima del edificio. Sin embargo, el Tribunal Supremo ordenó la anulación del Estudio de Detalle "por ser contrario al ordenamiento jurídico".