El Juzgado de Instrucción 3 de Granada ha archivado la investigación penal abierta por un posible delito de múltiples detenciones ilegales de personas en relación con la fosa de Alfacar (Granada) en la que supuestamente yacen los restos de Federico García Lorca junto a otros fusilados durante el franquismo.

El sobreseimiento de la causa se produce después de que el Tribunal Supremo (TS) resolviera el pasado marzo en favor de ese juzgado instructor la cuestión de competencia planteada por el juez Baltasar Garzón sobre a qué órgano judicial le correspondía decidir acerca de las exhumaciones de las fosas del franquismo.

A través de un auto al que hoy ha tenido acceso Efe, la juez Aurora Fernández, que en su día ya rechazó asumir la causa de las exhumaciones de la referida fosa, justifica ahora su sobreseimiento en que los hechos investigados ya "no son constitutivos de delito".

Para ello apoya su decisión en el artículo 9 la Constitución Española (principio de legalidad y prohibición de retroactividad de las normas procesales), en la prescripción de lo investigado y en la Ley de Amnistía de 1977.

En los fundamentos jurídicos del auto de archivo, contra el que cabe recurso de reforma o apelación, la juez hace referencia no sólo a la resolución del Supremo sobre la cuestión de competencia, sino a la sentencia de ese mismo alto tribunal que absolvió a Baltasar Garzón de prevaricación por querer investigar el franquismo.

Garzón estimó que las desapariciones durante la Guerra Civil y la dictadura franquista (1936-1975) podrían constituir un delito de detención ilegal sin dar razón de paradero que encajaría en el contexto de crímenes contra la humanidad, si bien posteriormente el Supremo sentenció que el exmagistrado erró al tipificar esos hechos.

La magistrada de Instrucción 3 recuerda que su decisión "no es óbice" al derecho de las víctimas de la Guerra Civil y la posterior dictadura a un "resarcimiento moral" mediante la recuperación de los restos de sus familiares, que no depende del archivo de esta causa y que puede llevar a efecto la Administración "al margen de cualquier actuación judicial".

La instructora también señala que la Ley 52/2007 de Memoria Histórica atribuye la función relativa al levantamiento de fosas, incluidas las que se encuentran en Granada, a la Administración Pública y no al Poder Judicial.

"La intervención de la jurisdicción penal sería a posteriori (...) una vez que se hayan producido los hallazgos de restos humanos", añade la juez, que cree que en consecuencia no se pueden mantener abiertas una diligencias penales sobre unas actuaciones "que no son de su competencia".

La investigación abierta hasta ahora en Instrucción 3, que se ha dilatado en el tiempo fundamentalmente por la cuestión de competencia judicial, se originó a raíz de las denuncias que 22 asociaciones de familiares de desaparecidos en la Guerra Civil y el franquismo presentaron ante la Audiencia Nacional.

Entre esas denuncias figuraba la de Nieves García Catalán, acogida por la familia del maestro Dióscoro Galindo, supuestamente enterrado en Granada junto a Lorca y los banderilleros Francisco Galadí y Joaquín Arcollas.

Al margen de esta instrucción judicial, parte de la supuesta fosa de Alfacar ya fue excavada a finales de 2008 sin que se localizara ningún resto humano y con evidencias científicas de que nunca hubo enterramientos en esa zona.

Todo ello se producía a su vez tras un complejo proceso, en este caso por la vía administrativa a través de la Junta de Andalucía, que no desveló finalmente el misterio sobre el paradero del poeta.

No obstante, el interés por la búsqueda de García Lorca se mantiene vivo en la actualidad, lo que ha llevado a otros investigadores a impulsar otras iniciativas de búsqueda en los últimos meses.