El abogado de Rosario Porto, el letrado José Luis Gutiérrez Aranguren, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en el que solicita que se declaren nulos los autos por los que se decretó el ingreso en prisión de su clienta, imputada por el asesinato de su hija, Asunta Basterra Porto.

La defensa adopta esta medida después de que el titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago, José Antonio Vázquez Taín, y la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña rechazasen su puesta en libertad alegando riesgo de fuga y posible destrucción de pruebas.

Además, este martes formalizará otro recurso ante la Audiencia de A Coruña contra la celebración del juicio con tribunal popular. En él, plantea que, de mantenerse su competencia, serían nulas "todas y cada una de las actuaciones" practicadas desde el informe de avance de la autopsia de Asunta Basterra Porto --cuyo cuerpo fue hallado el pasado 22 de septiembre en una pista forestal de Teo (A Coruña)-- hasta el 16 de octubre, día en el que el juez ratificó que el juicio sería con jurado.

En su recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, al que ha tenido acceso Europa Press, el letrado alega "vulneración de derechos fundamentales", en concreto de "libertad personal" y "derecho a un proceso con todas las garantías".

Así, argumenta que hubo "vulneración" del derecho de su clienta --en prisión provisional desde el pasado 25 de septiembre-- "a conocer los fines perseguidos" con la decisión de mantenerla en la cárcel. Apela, además, a la existencia de un supuesto de "detención ilegal".

Para ello, alega que se excedió el límite de las 72 horas establecidos para mantener una persona en situación privación de libertad, desde que el juez instructor emitió un primer auto decretando su prisión, el 27 de septiembre, hasta que amplió la parte dispositiva, con la motivación de su decisión, el 3 de octubre.

La defensa denuncia también un "supuesto de contaminación del tribunal", en alusión a los miembros de la Sección Sexta de la Audiencia de A Coruña, por ser los mismos que se pronunciaron sobre su primer recurso contra el auto de prisión del juez instructor y el segundo, ya motivado.

Nulidad de las actuaciones

En el segundo recurso, que formalizará este martes ante la Audiencia de A Coruña, tras desestimar el juez Taín su petición de que el juicio no se celebre con jurado popular, la defensa de Rosario Porto va más allá y no se centra solo en pedir que sean jueces profesionales los que enjuicen el caso.

Así, advierte que, "de mantenerse la competencia del Tribunal del Jurado", considera "nulas de pleno derecho todas y cada una de las actuaciones" practicadas desde el informe de avance de la autopsia de la niña, desde que apareció su cuerpo, hasta el 16 de octubre, cuando se confirmó la celebración del juicio con un tribunal popular.

Este segundo recurso obedece a la decisión del juez Taín de rechazar los argumentos de la defensa para oponerse a un tribunal popular alegando una "posible contaminación" de sus miembros, por la aparición de noticias del caso en los medios de comunicación.

En su auto, el juez incide en que los letrados de Rosario Porto y Alfonso Basterra podrán recusar a los miembros del jurado que consideren, "del mismo modo que el Ministerio Fiscal intentará recusar a aquellas personas que crea contaminadas por las constantes intervenciones en los medios de comunicación del letrado que recurre", añade al criticar las intervenciones del letrado de la madre en los medios de comunicación.

Críticas al juez

En su recurso ante la Audiencia, el abogado José Luis Gutiérrez Aranguren alega vulneración "del derecho a la tutela judicial efectiva" de su clienta y "del principio de imparcialidad objetiva del tribunal". Además, cuestiona que el juez no se pronuncie sobre esta cuestión y sí sobre su intervención en medios de comunicación, que tilda de "malintencionada y aviesa alusión".

Al hilo de ello, denuncia el posicionamiento "claramente como parte acusadora" del juez Taín "y no como el investigador imparcial que debería ser", apostilla en una argumentación, en la que califica de "fariseismo" la actuación del magistrado al que responsabiliza de "consentir" la difusión de datos en torno al caso "por acción o por grave omisión".

Por otra parte, incide en que, "de mantenerse la competencia del Tribunal Jurado" serían "nulas de pleno derecho" las actuaciones practicadas hasta el 16 de octubre, "desde el momento en que el avance de la autopsia señala que la única etiología de la muerte de Asunta es la homicida", apunta frente a la imputación por asesinato de los padres, que conlleva celebrar el juicio con jurado.

También avanza que así lo hará valer "en el momento procesal oportuno", en alusión al momento en que se levante el secreto del sumario.