El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Pamplona considera, en una resolución en la que da por concluida la investigación, que existen "indicios racionales de criminalidad" contra el exdiputado del PP Santiago Cervera de un supuesto delito de chantaje contra el expresidente de Caja Navarra.

En el auto, que puede ser recurrido, el magistrado emplaza al fiscal y las acusaciones personadas para que en diez días soliciten la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

En diciembre de 2012 el entonces presidente de Caja Navarra, José Antonio Asiáin, denunció que había recibido un correo anónimo que le exigía el pago de 25.000 euros bajo la amenaza de hacer público que estaba facturando como abogado importantes cantidades de dinero a Caja Navarra, de las que también se beneficiaba su hijo.

Días después Cervera fue detenido por la Guardia Civil al ir a recoger supuestamente el sobre con la citada cantidad de dinero, aunque en todo momento ha insistido en que ha sido objeto de "una trampa", tras haber recibido el 29 de noviembre otro correo electrónico en el que se le ofrecía información confidencial sobre Caja Navarra.

Tras su detención, Cervera renunció a su escaño en el Congreso de los Diputados y, en consecuencia a su aforamiento, por lo que la causa no fue remitida al Tribunal Supremo, sino a la Audiencia Provincial de Navarra.

Según el auto, los indicios vienen determinados por el arresto de Cervera recogiendo el paquete cebo colocado por la Guardia Civil en el lugar y el tiempo indicado en el correo electrónico con el que se intentó chantajear a Asiáin.

"La actitud del imputado en el momento de ser detenido no es la esperable en una persona que ha sufrido una trampa y que, además, es miembro del Congreso de los Diputados", añade el auto.

Y precisa que además "dos informes periciales lingüísticos apuntan, con una alta probabilidad, a que es el imputado el autor del correo electrónico recibido por el señor Asiáin".

Unos informes periciales, añade, no han sido contradichos por ningún otro informe practicado a instancias del imputado, "que se ha limitado a poner en duda, sin apoyo científico objetivable alguno, los resultados de las pericias practicadas en la causa".

Destaca asimismo que la situación económica de Cervera "hace que no pueda descartarse que tuviera realmente un móvil económico que explicara o justificara la comisión del delito que se le imputa, sin perjuicio de que pudieran existir otros móviles concomitantes, lo que no puede descartarse".

El juez que ve "prácticamente imposible de admitir" la teoría de la trampa alegada por Cervera, insiste en que éste "no ha dado una explicación razonable y verosímil" a las cuestiones fundamentales que justificarían esa teoría como quiénes, cómo, por qué y para qué le tendieron esa trampa, ni qué se ha ganado con ella, ni quién ha ganado con todo esto.

Igualmente sostiene que no ha ofrecido una explicación verosímil de por qué acudió personalmente y solo a recoger un sobre de una persona anónima que se le ofrecía en el correo justo precisamente después del momento en que, según el correo recibido por José Antonio Asiain Ayala, debía depositarse el dinero.

En cuanto al correo recibido por Cervera, la resolución recoge que se remitió desde la llamada "red TOR", por lo que resulta "absolutamente imposible" determinar quién lo mandó ni desde dónde, lo que, en opinión del juez, hace que "no sea descartable que fuera el propio imputado quien se mandara a sí mismo dicho correo para, en caso de ser descubierto", poder usarlo para justificar su actuación.

Y aunque fuera remitido por una tercera persona ofreciendo a Cervera "documentos que pueden hacer que actúe la justicia", el juez afirma que "no puede excluirse que el imputado, tras recoger esos documentos, decidiera utilizar los mismos para chantajear al denunciante".

Al mismo tiempo el auto observa indicios favorables al imputado como su disponibilidad para colaborar con la instrucción de la causa y el hecho de que en el estudio de los dispositivos electrónicos entregados por él no se han encontrado evidencias que le vinculen con el correo electrónico delictivo.