El rapero Pablo Rivadura, conocido artísticamente como Pablo Hasel, ha presentado el anuncio de recurso ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que le condena a dos años de cárcel por el contenido de 64 mensajes publicados en su cuenta de Twitter y una canción en Youtube, han informado a Europa Press fuentes de la defensa.

La Audiencia Nacional le volvió a condenar la pasada semana por los delitos de enaltecimiento del terorismo e injurias y calumnias contra la Corona e Instituciones del Estado de acuerdo con la sentencia que recoge que sus publicaciones aludían "a la necesidad de ir más allá de un comportamiento violento".

Se trata de la segunda condena que afronta el rapero ya que en el año 2015 fue condenado a otros dos años de cárcel por el Tribunal Supremo también por el delito de enaltecimiento del terrorismo, por lo que, de adquirir firmeza esta última resolución, acumularía una pena de cuatro años de prisión.

Pablo Hasel se volvió a sentar en el banquillo de los acusados el pasado 1 de febrero por difundir en su perfil de Twitter --que cuenta con más de 96.500 seguidores-- más de 60 mensajes entre los años 2014 y 2016 en los que ensalzó la figura de miembros de ETA, como es el caso del exjefe militar de la banda terrorista, el fallecido Joseba Arregi, de quien dijo que murió torturado por la Policía y de los GRAPO como Isabel Aparicio, detenida en octubre de 1979 y "exterminada por comunista", según sus publicaciones.

Doctrina Valtónyc

Para la Sala, comentarios tales como 'las manifestaciones son necesarias, pero no suficientes, apoyemos a quienes han ido más allá' equivale a dejar la protesta pacífica y se enmarcan dentro de una "actuación violenta" y una "alabanza" a los arriba mencionados "consignándolos como referente de conducta".

Igualmente consideraron que en el juicio celebrado el pasado 1 de febrero, el rapero no especificó qué quería decir cuando escribía que había que ir "más allá" en referencia al interrogatorio en el que ratificó sus mensajes y dijo que las personas que mencionaba en sus cometnarios eran "ejemplos de resistencia", algo que no iba a cambiar aunque se le condenara a prisión. Apuntó además que los límites de los derechos de la libertad de la expresión "son siempre para los mismos".

La Sala recordó en su resolución que se aplicaban los principios que habrían recogido en la condena de tres años y medio de cárcel por el Tribunal Supremo al también rapero Josep Miquel Arenas, conocido como Valtonyc y expuso al respecto que en ambos casos existía delito de enaltecimiento del terroriso ya que quedaba acreditada la existencia de que se generarse "riesgo en abstracto".