La jueza del caso Máster ha acordado enviar una exposición razonada a la Sala Segunda del Tribunal Supremo para que decida si procede investigar al líder del PP, Pablo Casado, por las presuntas irregularidades de su máster. La magistrada pide al Supremo que investigue a Casado por los delitos de prevaricación administrativa y cohecho impropio al considerar que existen "indicios" de que obtuvo el máster de Derecho Autonómico como un "regalo académico por su relevancia política e institucional".

En un auto, la titular del juzgado de instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, declara agotada la instrucción en todo aquello que "no implica actuaciones procesales" en relación a Casado y lo envía al Supremo, el órgano competente para investigar, si procede, a Casado al tratarse de una persona aforada.

La magistrada aprecia "indicios de responsabilidad penal" en la obtención del título de máster universitario de Casado en el Instituto de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos.

En la exposición razonada, la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, acuerda enviar toda la pieza C, referente al máster de Casado, al Supremo incluyendo, por tanto, a los siete imputados que figuran en el procedimiento, pues entiende que "podría existir indiciaria responsabilidad penal" en Casado "en íntima conexión con otras personas no aforadas".

Se trata del exrector Fernando Suárez; el exdirector del Instituyo de Derecho Público de la Universidad Rey Juan Carlos, Enrique Álvarez Conde; los profesores Pablo Chico y Alicia López de los Mozos, así como las tres estudiantes María José Cancio, Alida Mas Taberner y María Mateo Feito, las dos últimas exaltos cargos del PP.

Y aunque la decisión de la jueza es recurrible en reforma y en apelación, los recursos no implican suspensión alguna del procedimiento de admisión o no a tramite de la causa en el Supremo.

Casado aprobó el máster sin ir a clase y tras cursar solo cuatro de las 22 asignaturas gracias a las convalidaciones de otras 18 materias, por lo que solo tuvo que realizar cuatro trabajos de unos 90 folios -calificados con sobresaliente, que ni la Universidad ni Conde encuentran.

La jueza explica que la investigación "indiciariamente" permite concluir que Conde, en connivencia con Pablo Chico y Alicia López, en la edición de 2008-2009, "dirigió una serie de actuaciones tendentes a lograr que un grupo concreto y escogido de alumnos obtuvieran el título del Máster sin efectivamente cursarlo, sin mérito académico alguno, regalándoselo a modo de prebenda o dádiva".

"Regalar el máster a alumnos elegidos"

Esa misma idea delictiva, explica, consiste en "regalar el máster a un grupo de alumnos elegidos, que lo aceptan, facilitando los medios para su comisión (pagando la matrícula, solicitando convalidaciones) y se benefician de ello académicamente (recogiendo el título en algunos casos, usándolo en sus cv en otros) a pesar de no haber realizado actividad alguna para ser calificados en los créditos no reconocidos".

La magistrada sostiene que Conde "sólo se benefició a alumnos con una posición relevante en el ámbito político, institucional o que mantenían vínculos estrechos de amistad o de carácter profesional con él, de modo que el resto del alumnado del máster de esa edición sí cursó con normalidad el mismo".

Y "uno de los beneficiados que pudo actuar en connivencia con Conde pudo ser el aforado Pablo Casado que pudo verse favorecido con este regalo académico por su relevancia política e institucional".

Es por ello que la magistrada señala que para su total esclarecimiento, resultan necesarias unas diligencias de investigación que la instructora no puede acordar por ser aforado.

Pide citarle como investigado y que aporte cuanta documentación conserve del máster, no sólo los trabajos que permitieron su calificación sino cualquier documento, como correo electrónico o acuses de recibo, que evidencien que fueron efectivamente elaborados en el curso 2008-2009 y entregados en dicha fecha.

El portátil antiguo de Casado

Y también el ordenador portátil antiguo en el que se encontraban archivados los trabajos presentados para su calificación en el máster, que según manifestó, aún conserva, "a fin de que por la policía judicial se informe de la antigüedad de los documentos informáticos archivados como tales trabajos y si han sufrido modificaciones a partir del 20 de marzo de 2018".

Todo ello dado que a la Universidad no les consta ningún documento de esos trabajos ni rastro documental que evidencie su aportación, como tampoco a los dos profesores que los calificaron.

Al no haber podido tomarle declaración, la jueza entra a valorar las manifestaciones públicas de Casado para concluir que "parece sorprendente" que no haya hoy día prueba documental que evidencie la remisión de esos cuatro trabajos, a diferencia de lo que ocurre con muchos alumnos, cuando Casado manifestó que entregó los mismos en mano "a puerta fría" en el Instituto de Derecho Público.

La jueza recuerda que el líder popular en varias ocasiones señaló que hizo lo que le pidieron, "pero no especifica quien se lo pidió, si los profesores o sólo el director u otra persona, cómo se lo pide, si de manera individual, presencial o por escrito o de manera conjunta con otros alumnos".

Y sobre la no asistencia a clase, Casado defiende que eso era coherente con la oferta pública que se hacía de este postgrado, "cuando con la mera lectura del folleto se puede comprobar que no es así, que el mismo diseñaba un curso presencial".

Y rebate que era sólo "un estudiante anónimo, veinteañero, o que era muy poco" cuando del informe de la Guardia Civil se desprende que ya era Diputado en la Asamblea de Madrid y presidente de Nuevas Generaciones del PP.

Cohecho impropio por la "participación activa del sujeto que recibe" el regalo

La magistrada entiende que "recibir como regalo una titulación de máster" supone una prebenda que encaja en el delito de cohecho impropio aunque reconoce que es una práctica "poco habitual", pues "los ejemplos que la jurisprudencia proporciona suelen referirse a cuestiones materiales, no a titulaciones académicas".

Rodríguez-Medel afirma que "lo importante, a los efectos que aquí nos ocupan, es que la propia naturaleza del regalo (una titulación académica) exige una participación activa del sujeto que lo recibe y que esta participación sea anterior a obtener la dádiva".

La jueza descarta que se produzca un agotamiento del delito de cohecho, "como podría serlo matricular a su nombre un coche que se regala" o que fuera un regalo de cortesía.

"Se trata de matricularse en un máster, pagar el importe de la matrícula, aportar el expediente académico previo y solicitar el reconocimiento de créditos, todo ello para posibilitar dar una apariencia de legitimidad a la obtención del título académico que se recibe como regalo", añade.

En su opinión, "esta participación, activa, previa y necesaria por la naturaleza del regalo vincula el cohecho a la prevaricación administrativa que supone la concesión arbitraria del título académico, conductas delictivas en concurso medial".

Y aunque el delito de cohecho estaría prescrito, entiende que está en concurso medial con el de prevaricación administrativa, en cuanto que la conducta indiciariamente prevaricadora -la concesión arbitraria del título en la que Casado coopera necesariamente - es el medio utilizado para otorgar la dádiva, es decir, el máster.

Ante un concurso de delitos, el plazo de prescripción es el que corresponda al delito más grave, en este caso la prevaricación que es de 10 años, por lo que estaría dentro del plazo legal.