Pocas dudas había de que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont iba a ser el mayor beneficiado de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) relativa al presidente de ERC, Oriol Junqueras. El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha tramitará e el correspondiente suplicatorio al Parlamento Europeo para que levante la inmunidad a los flamantes eurodiputados Carles Puigdemont y Toni Comín para poder actuar contra ellos. No obstante, esa prerrogativa no rige en España, donde serían detenidos si retornan, porque ya fueron procesados.

La petición de la autorización a la Cámara europea para poder actuar contra ambos significa que hasta que se conceda nada impedirá a ambos participar en la sesión parlamentaria de este lunes, en Estrasburgo, y desplazarse con la inmunidad ambulatoria que garantiza la nueva doctrina establecida por el TJUE. Pese a ello las euroórdenes se mantienen, aunque queden en suspenso mientras el Europarlamento se pronuncia sobre el suplicatorio. Como Puigdemont y Comín fijaron su residencia en Bélgica, donde ya se tramitaba la entrega, Llarena le dice expresamente a las autoridades belgas que deje sin efecgtos los plazos para resolver la reclamación hasta que el Parlamento europeo se pronuncie sobre el suplicatorio.

El levantamiento de la inmunidad se basa fundamentalmente en que los hechos que se les imputan son muy anteriores a su elección como europarlamentarios y no guardan relación con su actividad en la Eurocámara, por lo que no deberían estar protegidos.

Puigdemont y Comín recibieron sus acreditaciones en el Europarlamento tras ese fallo sobre el alcance de la inmunidad de los eurodiputados, que establecía que comienza desde el mismo momento en que resultan electos, pero no surte efectos sobre Junqueras, puesto que ya se encuentra condenado en firme y el juicio del 'procés' concluyó un día antes de que fuera proclamado parlamentario europeo. El juez les da la razón a ambos y les reconoce la condición de eurodiputados, pero no en su petición de que se retiren las euroórdenes, para cuya tramitación se necesita que el Parlamento europeo conceda el suplicatorio.

Sin embargo, al haber huido de la justicia española, la situación de Puigdemont y Comín es diametralmente opuesta, porque ellos no pudieron ser juzgados y por tanto eludieron la condena en firme que sí se impuso a quienes fueron compañeros de Govern.

Inmunidad deambulatoria

En el auto relativo a Junqueras los magistrados que juzgaron el 'procés' explicaban que la inmunidad deambulatoria para poder tomar posesión de su escaño no puede ser "un blindaje" para una sentencia condenatoria en firme. Añadía que la autorización al Parlamento Europeo para poder actuar contra un eurodiputado no puede producirse después de que se haya producido la apertura de juicio y mucho menos se haya hasta celebrado el juicio en su contra, porque participar en procesos penales no puede suponer alterar uno judicial ya iniciado.

En el caso de Puigdemont y Comín se dictó auto de procesamiento, confirmado por la Sala de lo Penal, y que el instructor de la causa matizó con el delito de sedición tras conocer la sentencia del 'procés'. Lo hizo en la pieza que tiene abierta, pero paralizada para poder actuar contra ellos cuando se encuentren a disposición de la justicia española.