Crisis del coronavirus
En directo | El Gobierno limita la circulación de los ciudadanos en toda España a partir del lunes
El decreto establece que las personas sólo podrán circular "por las vías de uso público" en ocho supuestos, entre los que se encuentra la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad - El coronavirus ya se ha cobrado la vida de más de 183 personas y ha superado los 5.700 afectados
EP
El Gobierno ha limitado la libre circulación de los ciudadanos en toda España como medida para frenar la expansión del coronavirus. Así se refleja en el decreto que ha aprobado este sábado el Consejo de Ministros extraordinario, que sólo permite los movimientos en determinados casos concretos.
En concreto, el decreto establece que las personas sólo podrán circular "por las vías de uso público" en ocho supuestos, entre los que se encuentra la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
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Asimismo, se permite salir a la calle para asistir a centros sanitarios, para desplazarse al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial, o para volver al lugar de residencia habitual.
También se permite salir para la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerable, para acudir a entidades financieras, "por causa de fuerza mayor o situación de necesidad", o para "cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
Plenos poderes para Sanidad
El ministro de Sanidad tendrá amplios poderes para asegurar el suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública, según establece el real decreto ley que ha aprobado este sábado el Consejo de Ministros en una reunión extraordinaria y al que ha tenido acceso Europa Press.
Así, podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento del mercado y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el desabastecimiento de productos necesarios para la protección de la salud pública.
Igualmente, podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, así como la industria farmacéutica.
También se le faculta para practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias, en aquellos casos en que resulte necesario para la adecuada protección de la salud pública, en el contexto de esta crisis sanitaria.
Los ministros de Defensa, Interior, Transportes y Sanidad tendrán competencias para actuar y dictar órdenes en todo el país bajo la dirección del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante el tiempo que se prolongue el estado de alarma, en principio durante los próximos 15 días.
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