El exdirector del Centro Niemeyer, Natalio Grueso, ha sido condenado a ocho años de prisión por las irregularidades que se le imputan en su etapa al frente del centro cultural. El tribunal ha concluido, a la vista de las pruebas y sesiones orales del juicio llevadas a cabo el pasado año, que es autor de un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso con otro continuado en falsedad en documento mercantil.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, que juzgó el caso, atribuye al agente de viajes José María Vigil un delito de estafa en concurso con otro continuado de falsedad en documental mercantil, por los que le impone una condena de siete años y medio de cárcel.

El exsecretario de la Fundación del Niemeyer, José Luis Rebollo, cometió un delito continuado societario, considera el tribunal, que lo condena a dos años de prisión.

Quedan absueltos la exmujer de Grueso, Judit Pereiro (se le procesó como presunta cómplice de malversación) y el exjefe de producción del Niemeyer, Marc Martí, al que ya se le retiró la acusación en la última sesión del juicio. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

La sentencia, de 355 páginas, ha sido notificada a primera hora de este martes.

El juicio del 'caso Niemeyer' quedó visto para sentencia en septiembre de 2019. El fiscal Alejandro Cabaleiro y la acusación particular, a cargo de la Fundación del Niemeyer, mantuvieron la petición de 11 años de cárcel para el exdirector del Niemeyer, Natalio Grueso, al ver probado que cometió un delito continuado de malversación en documento mercantil y societario, este último en relación con otro de insolvencia punible.

También mantuvieron la acusación para el resto de los acusados: el agente de viajes José María Vigil (8 años); la exmujer de Grueso, Judit Pereiro (dos años y seis meses) y el exsecretario de la Fundación del Niemeyer, José Luis Rebollo (dos años y tres meses). Las defensas pidieron la absolución.

El tribunal concluye que Grueso "generó gastos ajenos a los fines de la Fundación Niemeyer durante todo el tiempo que duró su relación laboral, disponiendo de sus fondos en beneficio propio, de sus familiares, amigos y terceros de su entorno, como si de su propiedad fueran, en detrimento de la Fundación Niemeyer".

Así, "sirviéndose de la colaboración del también acusado José María Vigil, con el que mantenía amistad desde hacía años, ordenaba y autorizaba el gasto que suponía la contratación de desplazamientos por vía aérea y terrestre, y estancias hoteleras a favor de familiares y allegados de su entorno y con la finalidad de lograr que las facturas y demás documentos acreditativos del gasto no reflejasen la auténtica realidad del servicio prestado, la verdadera identidad de las personas que disfrutaron del mismo, la correcta fecha en la que fue prestado o sus costes globales", recoge la sentencia.

Ambos, siempre según el documento, "se concertaron para crear, unas veces facturas totalmente falsas y, otras, con alteración sustancial de sus conceptos con indicación de viajes a nombre de trabajadores de la Fundación Niemeyer que aquellos no habían realizado, lo que permitía que unas no se reflejasen en las cuentas anuales, y otras se reflejasen como conceptos ficticios".

El tribunal también ve probado que Natalio Grueso alteró la realidad contable y financiera de la Fundación Niemeyer "con la participación activa desde el año 2009 de José Luis Rebollo". Se originó "una ficción de normalidad en su situación económica y de eficacia de gestión que no se adecuaba a la realidad, ni reflejaba la verdadera dimensión de la crisis por la que atravesaba la Fundación Niemeyer". Según la sentencia, el letrado "participó en forma proactiva en la proyección distorsionada de la Fundación, que no se correspondía con la realidad".

El delito de insolvencia punible que las acusaciones imputaban al gestor cultural no está probado, a juicio de la Sección Tercera, que absuelve a Grueso de esta acusación.

Sobre la presunta implicación de Judit Pereiro en las irregularidades, el tribunal no ve prueba alguna que la confirme, pese a que "obtuvo evidentes beneficios que se concretan en el disfrute de los viajes".

El fallo incluye el pago de multas e indemnizaciones por parte de los condenados y también inhabilitaciones. El tribunal impone a Grueso "la inhabilitación absoluta para contratar con las administraciones públicas o entidades del sector público durante ocho años", multa de veinte euros al día durante doce meses, la misma sanción económica que se ordena para José María Vigil y José Luis Rebollo.

El gestor cultural y el agente de viajes tienen que indemnizar a la Fundación del Niemeyer en la cantidad de 78.819 euros en que se valoran los daños y perjuicios causados a la entidad. José María Vigil deberá abonar 36.452 más. En ambos casos, la responsabilidad civil subsidiaria recae en Viajes El Corte Inglés, empresa para la que trabajaba Vigil.

El Centro Cultural Niemeyer contrajo una importante deuda con proveedores y administraciones públicas durante los años en que el complejo cultural estaba dirigido por Natalio Grueso, deuda que ya se ha reducido a poco más de un millón de euros.